viernes, 14 de marzo de 2008

LAS AYUDAS A LA ADQUISICION DE VIVIENDA: UNA ESTAFA

Lo bueno que tiene trabajar en un despacho de abogados es que conoces de primera mano los problemas de las personas y de sus posibles soluciones conforme a Derecho. Pues bien, he podido comprobar que la hipoteca subvencionada por el Ministerio de Vivienda, aprobado por Real Decreto 801/2005, de 1 de julio, es un completo engaño.

No sé si el lector conocerá algo de dicha ayuda pública, por eso explico someramente el procedimiento para su concesión y sus características:

Para concederte la ayuda es necesario aportar copia del contrato de compraventa. Una vez aportado el contrato, si cumples los requisitos, te conceden mediante resolución, una ayuda que consiste en un préstamo hipotecario cualificado de hasta el 80% del precio de la vivienda, durante un plazo de amortización de 25 años.

2º La subsidiación consiste en una cuota de 69 € por cada 10.000 € de préstamo, que tiene como límite temporal 10 años. Es decir si el piso ha costado 80.000 €, el préstamo cualificado es de 64.000 €, cuya cuota mensual es de 441,60 €, que, por 12 meses son 5.299,20 € y que por 10 años son un total de 52.292 €. En principio, la medida es totalmente positiva.

Una vez explicado los requisitos y características, hay que descubrir la trampa del Real Decreto. Pues bien, la cuestión estriba en que, para solicitar la ayuda, tienes que presentar copia del contrato de compraventa. Y, para comprarlo necesitas pagarlo al comprador, ¿y cómo consigue el que no tiene una buena cuenta corriente dinero para finalizar la operación? Pues con un préstamo hipotecario. Con lo que implica en gastos de gestión e impuestos. Así que, para beneficiarse de la ayuda se obliga al nuevo propietario a tener que gastar una cantidad importante de dinero en la gestión de la nueva escritura.

Pero lo peor no es esto, sino que el comprador haya tenido que solicitar una hipoteca por un importe mayor al del valor escriturado. ¿Cuánta gente necesita dinero para pagar los gastos de notaría, Registro de la Propiedad y satisfacer las obligaciones tributarias? ¿No está extendida la práctica de solicitar una hipoteca que te incluya recursos para estos gastos? Porque la hipoteca que sobrepase el límite del 80 % del precio fijado en la escritura tiene que dividirse, a su vez, en dos: la primera con el préstamo cualificado; y la segunda, con la cantidad restante. Prácticamente ninguna entidad colaborador del Ministerio de la Vivienda acepta convertir la hipoteca en dos, por la sencilla razón de que se puede cambiar de Banco los préstamos hipotecarios, con el consiguiente riesgo de que se quede con la segunda, que, en caso de impago, su derecho de crédito se pospone. Y que no le quepa duda a nadie de que no hay disposición legal que les obligue, aunque sean entidades colaboradoras con el Ministerio de Vivienda.

Para rizar el rizo, el que tenga una hipoteca de más de 25 años, que es el límite máximo de amortización según el Real Decreto 801/2005, si quiere beneficiarse de la pretendida ayuda gubernamental, puede acabar pagando más al mes que antes. La razón es muy simple, una hipoteca a 40 años, no pagas lo mismo al mes que a 25, aunque te ahorres parte de los intereses.

Todo esto lleva a pensar que ha sido un engaño masivo tramado y planificado desde el Gobierno. Con este Real Decreto, hay personas que tienen concedida una ayuda por la Administración autonómica, pero que no pueden hacerlo efectivo porque los malos de la película, los bancos, se niegan a aceptar tramitar la ayuda.

7 comentarios:

Anónimo dijo...

Le escribo para comentarle que Patricia Lorente ha borrado mi respuesta a su comentario en su blog, comentario que era absolutamente respetuoso.

Le decía yo a usted que no quería ser displicente, sólo informarle que el entorno de Sandra Carrasco está informado sobre el panfleto y que tengo confianza de que algunos servicios jurídicos se interesan sobre posibles acciones.

Le decía también que le agradecía sus opiniones, pero que tengo un par de letrados y un funcionario de la AN que son de distinta opinión.

Y finalmente le comentaba que iba a denunciar al PP el hecho de que una militante injuriara en su blog a las víctimas del terrorismo. Esto tiene que tener consecuencias, y las tendrá.

Un cordial saludo.

Fin de los Tiempos dijo...

Iba a felicitarle por su entrada, D. José y me encuentro el comentario de D. Luis.

Decirle a D. Luis que es una pena que no tenga el mismo ánimo de justicia para ir a denunciar el hermano de López Aguilar por publicar que a Alcaraz le tocó la lotería cuando murieron sus sobrinas en el atentado de ETA, o los cientos de agresiones a cargos del PP en toda España.

Pero en fin, que cada uno haga lo que tenga que hacer, yo tengo una lista de Blogs de izquierdas que llaman asesinos a los miembros del PP que no tengo problema en aportar a doña Patricia para que en caso de ser condenada, el PP pueda denunciar a media red de izquierdas y unos cien cargos del PSOE

desahogandome dijo...

Vamos a ver dices "tienes que presentar copia del contrato de compraventa. Y, para comprarlo necesitas pagarlo al comprador, ¿y cómo consigue el que no tiene una buena cuenta corriente dinero para finalizar la operación? Pues con un préstamo hipotecario."


No sé amigo igual me equivoco... pero para tener un contrato de compra-venta no hay que pedir ninguna hipoteca, al menos por aquí.

Yo he tenido la mala-buena suerte de vender-comprar dos veces. en ambos casos realicé en contrato de compra-venta meses antes de que se realizase la compra efectiva. Así que no entiendo que para ello tengas que haber realizado una hipoteca con anterioridad (entregando el correspondiente adelanto que de devuelve multiplicado por dos si el dueño de la vivienda se echa atrás). en mi caso bastó con pedir un préstamo personal para el adelanto, nunca hipotecario.

Este caso mío es el habitual por estos lares, que conste.

Ahora bien, igual tb estas compras, y ventas, están sujetas a la costumbre y según donde los plazos y la forma varía y en otros lugares el contrato y la compra, o venta, efectiva se realizan a la par, en cuyo caso mejor me quedo en silencio y dejo de meter la pata.

En cuanto a los comentarios que te han dejado... y sin saber el origen de la polémica ¿no te cansan todos estos (da igual de qué color) del y tú más? Es mejor argumentar (como sueles hacer tú); este tipo de rifi-rafes no (des)califica más que a los que toman parte en ellos...

un abrazo y adelante.

ah, y una p.d.: compré en el 97 por 30 y vendí en el 2005 por 100 (números imaginarios por supuesto). ¿no es esa la auténtica estafa? ¿qué pasó con el precio de la vivienda entre finales de los 90 y principios del 2000?

Y para ser más malo ¿quienes gobernaban entonces? Y para ser peor: en aquella época 2 de cada 3 viviendas de protección oficial se edificaban en el país vasco dónde hoy el mercado y los precios están estancados (vamos que vender está muy jodido). ¿existió política de protección a la vivienda entonces?

Otro abrazo.

José Enrique Carrero-Blanco Martínez-Hombre dijo...

#Luis F. arean# Obviamente soy de opinión distinta, son las cosas de que en Derecho no son siempre 2+2 igual a cuatro. Y considero que no saldrán adelante las denuncias. Pero como dice fin de los tiempos, ahora el PSOE se rasga las vestiduras cuando estuvieron arremetiendo contra las víctimas del terrorismo que no eran de su cuerda.

Pero estoy seguro, y eso no hay duda alguna, que si denunciase al PP por las opiniones de sus afiliados, serían desestimadas por cualquier Juez. Y eso es así porque las opiniones vertidas por afiliados no vinculan al partido al que pertenecen, sólo en caso de que dichas declaraciones fuesen emitidas como representante del mencionado partido.

#txantxangorri# Necesaria la hipoteca no es, pero el vendedor le da igual que pidas o no ayudas, lo que quiere es el dinerito, y si no lo tienes, no te vende el piso. Y yo si fuera el vendedor antes de escriturar ante el Notario, quisiera tener en el acto el dinero. Simplemente porque si difieres el pago a otro momento posterior, y el comprador se hace el roncha, tendría que demandarle, y hasta que hubiese sentencia firme, nada de nada, y si es insolvente, peor aun.

En cuanto a la discusión paralela en este artículo, si empezamos bien la legislatura.

En cuanto a tu P.D., antes quiero dejar claro que la administración competente en materia de vivienda son las CCAA, y son las encargadas de las VPOs, aunque por lo que se ve tampoco favoreció la ley del suelo.

desahogandome dijo...

Estoy de acuerdo contigo en que no se puede denunciar al PP ¡faltaría más! Los delitos los comenten personas privadas (excepción de la ley de partidos (ahí debatiríamos mucho).

Ahora bien, he leido algunas cosas... hay alguno que dedica un post a la biblia y el siguiente con la foto del ZP y debajo la palabra Asesino ¿es eso delictivo?

(pensaría lo mismo y haría la misma pregunta si el ofendido, insultado y calumniado fuese Rajoy).

¿como pueden perseguirse penalmente esas actitudes?

Hay que cortarlas ya, de raíz o mal camino toma esto...

un abrazo

José Enrique Carrero-Blanco Martínez-Hombre dijo...

Me podrías decir en dónde está ese comentario, porque, a lo mejor es el ordenador que uso, no lo veo, no he visto ninguna imagen, ni nunca la vi.

José Enrique Carrero-Blanco Martínez-Hombre dijo...

Sobre la LOPP debatiriamos mucho, sobre todo porque dicha ley lo que pretende es evitar que una banda terrorista se financie a costa del erario público. Por cierto, ya existía en el derecho penal medidas penales previstas en el art. 129 CP, entre los que se encuentra disolver una sociedad, asociación o fundación, o suspender sus actividades, cuando haya sido utilizado para cometer un delito contra el orden socioeconómico.

En cuanto a calificar a alguien como asesino, siempre estaré en contra, no soy como Maria Antonia Iglesias que considera "asesino" como término político.

En efecto, hay que cortarlos de raiz, y existen medios legales, que si no se usan políticamente, pueden ser eficaces: existe un procedimiento sumario y preferente para la protección vía civil, por ejemplo, del derecho al honor; o via penal, a través de los artículos 205 en adelante.