lunes, 29 de junio de 2009

LA CONVENIENCIA DE TENER LA CASA ASEGURADA

Como abogado, y esto es un consejo gratuito, recomiendo que el que no tenga su casa asegurada lo haga inmediatamente porque nunca se sabe qué es lo que puede suceder. Ojalá no se tuviera que utilizar nunca, pero más vale tener bien cubiertas las espaldas. Ya merece la pena sólo por la responsabilidad civil que tienen todos los seguros de hogar porque, por ejemplo, si se tienen que abonar los daños causados a un vecino por la rotura de una tubería de agua se pueden quedar en el camino más de una nómina. El vecino afectado, o su seguro, se lo va a cobrar por las buenas o por las malas, es decir con la correspondiente demanda judicial.

Ahora las compañías de seguros ofrecen unos seguros muy completos, porque no sólo te cubren los daños al continente y al contenido, sino que tienen asistencia al hogar y designación de abogado y procurador de libre designación hasta la cantidad que marque el asegurador, que suele rondar en los 3.000 € por siniestro. Eso sí, hay que tener en cuenta las limitaciones de cada cobertura, por eso es muy importante leer toda la póliza antes de firmar nada.

Alguno se podrá preguntar ¿qué compañía de seguros elegir? Pues, en primer lugar, una que tenga oficina de atención al público, porque las que no tienen oficinas, por muy baratas que sean sus pólizas, si hay alguna queja no te queda otra que llamar a un 902 o ir a las Rozas donde está la sede de Línea Directa. Y, en segundo lugar, más vale pagar algo más en un seguro de garantía que poco en una aseguradora poco seria. Pero la compañía que más problemas da, y que ningún abogado que conozca lo recomienda, es Cáser Seguros, que su primera y última palabra es un NO por respuesta y por sistema, da igual lo que diga la póliza que si se quiere cobrar algo de esta compañía hay que demandarla.

También advertir de los riesgos de los seguros que los bancos y cajas imponen cuando se firma una hipoteca porque son seguros que cubren más el ladrillo que el contenido. Son, por regla general, bastante deficientes. Por eso, es aconsejable cambiar de seguro cuando se pueda, que es al año siguiente de la firma del préstamo hipotecario.

Antes de acabar, es importante que se tenga en cuenta un dato importante a la hora de cambiar de seguro, aunque digan lo contrario algunos comerciales, hay que respetar el plazo de preaviso de dos meses que la Ley 50/1980, de 8 de octubre, del Contrato de Seguro, establece en su artículo 22.

11 comentarios:

Anónimo dijo...

Gracias por el consejo.

Yo vivo de alquiler, pero mi casero tienen seguro de hogar y cuando ha habido algún problema en casa las cosas se han solucionado rápidamente.

Un saludo.

José Enrique Carrero-Blanco Martínez-Hombre dijo...

De todas maneras, hazte un seguro porque nunca se sabe si algún día tienes algún problema y tu casero no te lo atiende voluntariamente, aunque tengas derecho a ello. ¿Vas a pagar de tu bolsillo un abogado y un procurador? Lo harás, pero para ti te supone un perjuicio económico y tampoco hay que esperar a que haya condena a costas del casero porque eso depende del juez.

Para eso existen los seguros con continente a primer riesgo, que es para los casos en los que haya seguros de comunidad y para los inquilinos.

iskander dijo...

Normalmente el casero asegura el continente y el inquilino el contenido.
Sí es prudente tener un buen seguro porque no sabemos lo que puede pasar y hay que tener en cuenta que dentro de una casa está cuanto tenemos(porque ya en el banco queda poco).
Pero como muy bien dice José Enrique, hay que leer, releer y si es posible consultar con un profesional la póliza

Maestre_de_Campo dijo...

Gracias por el consejo de Cáser.

Y releer la póliza es fundamental. Sobre todo comprenderla bien.

Un saludo

Unknown dijo...

Felicidades por el blog, y muchisimas gracias por resolver dudas de este tipo.
Muchos besos.

José Enrique Carrero-Blanco Martínez-Hombre dijo...

#iskander# efectivamente no se sabe lo que puede ocurrir y por eso es bueno tener las espaldas bien cubiertas.

#Maestre de campo# De nada, Cáser es por hoy la peor compañía de seguros, y por eso advierto a la gente para que no tenga problemas.

#el angel de las mil violetas# Muchas gracias.

Misael A. Arce dijo...

En cuanto a la cobertura de Asistencia Jurídica Gratuita que ofrecen tanto las compañías aseguradoras del hogar como las aseguradoras de automóviles; también hay que andar con cierto tiento.

Las compañías tienen firmados convenios con grandes despachos de abogados para ofrecer esas coberturas de asistencia jurídica gratuita. Cierto es que el asegurado tiene derecho a libre designación de abogado; pero la mayoría de las veces lo desconoce; y directamente va al “Gran Despacho de Abogados” que le ofrece la compañía aseguradora y al que remite directamente el expediente, cientos de veces con informes periciales patéticos que directamente hacen nulas las posibilidades de que prospere cualquier reclamación.

Estos grandes despachos aceptan las condiciones leoninas de la aseguradora a la hora de minutar esa asistencia jurídica (básicamente porque les da igual, se mueven por grandes volúmenes de expedientes y tienen en su despacho a un ejercito de recién licenciados que trabajan a destajo, literalmente; ofreciendo una pésima calidad en el servicio).

Es en el momento en el que el asegurado designa a un abogado particular, un abogado de la vieja escuela; cuando a la aseguradora se le pone la mosca detrás de la oreja. De mano, a la hora de minutar tus servicios como abogado particular a la aseguradora ofertante de la asistencia jurídica; tienes que justificar documentalmente absolutamente TODAS las gestiones que hayas hecho y que pretendas minutar. Y también hay que respetar escrupulosamente y céntimo a céntimo los Criterios Orientadores del Colegio de Abogados al que se pertenezca.

Y no solo ponen problemas en eso; sino que si la Sentencia pone que has ganado con costas, DIRECTAMENTE NO TE PAGAN, considerando que ya has sido pagado con las costas; haya sido posible tasarlas y cobrarlas o no; y obviamente pasándose por el forro el tema de que la mayoría de las veces, las costas no cubren la totalidad de la Minuta de Honorarios del Abogado.

En definitiva, que no es oro todo lo que reluce; y que también hay que tener mucho cuidado con el tema de las “asistencias jurídicas gratuitas”, porque el abogado libre y autónomo puede tener más de un problema para cobrar su minuta de las compañías.

José Enrique Carrero-Blanco Martínez-Hombre dijo...

Misael por fortuna la última minuta que me pagó una compañía de seguros, en este caso Santalucía, no tardó más de tres semanas y media.

Aunque tienes razón en todo lo que dices, bien es cierto que más vale informar de esa posibilidad a los clientes, que, en todo caso, puedes cobrarle primero a ellos y que su seguro les pague despúes. En ese sentido, si son más ágiles a la hora de soltar la "mosca". Aunque cobrarles primero a tus clientes, va a suponer un leñazo en los pagos fraccionado de aupa, porque vas a tener que pagarle el 20 % de los rendimientos netos, cuando si te lo pagan los seguros directamente, te retienen la cantidad que corresponda, con lo que duele menos en los pagos fraccionados.

Anónimo dijo...

En fin, las argumentaciones que hay que leer...
Escribes: "...da igual lo que diga la póliza que si se quiere cobrar algo de esta compañía hay que demandarla".
¿Usted sabe el número de asegurados y siniestros que atienden las aseguradoras con más cuota de mercado? Miles cada día. Si en Caser, o cualquier entidad con semejante volumen (Mapfre, Santa Lucía, Catalana...), dijeran que no a cada caso en que "diga lo que diga la póliza" pudiera ser que les correspondiera indemnizar y, entonces, hubiera que recurrir a la justicia, el sistema judicial sí que estaría quebrado. (Y todos los abogados viviríais en La Moraleja).

Por favor, un poco de rigor.
Lo peor de semejante argumentación es ver que procede de un profesional del Derecho.

Un afectuoso saludo.

José Enrique Carrero-Blanco Martínez-Hombre dijo...

Señor Anónimo, en primer lugar, usted debe ser un trabajador de Caser, porque, de lo contrario, no se sentiría tan molesto con mi consejo de no contratar con esa compañía. Pero no lo digo por mi sola experiencia profesional sino por la de muchos compañeros en los que esta compañía se ha negado en redondo a cubrir cualquier siniestro, mientras que otras compañías sí lo hacen.

Pero mi consejo no es demandar a Caser sino no contratar nunca ninguna póliza de dicha compañía.

También me pregunto si es usted tan valiente para descalificarme por no lo es para dar la cara.

abogados de seguros dijo...

gracias por los consejos, efectivamente es importante contar con un seguro para proteger nuestro patrimonio. saludos