jueves, 30 de diciembre de 2010

ULTIMO ARTICULO DEL AÑO 2010: FELIZ AÑO 2011 A TODOS.

Mañana es el último día del 2010, con lo cual se debería hacer todos es analizar cómo ha transcurrido este año. Esto es muy importante, todos debemos analizar lo que hemos hecho de la manera más objetiva y sincera posible para corregir los errores que hemos cometido y ser cada día mejores tanto en nuestra vida profesional como personal. A buen seguro que a todos nos gustaría que nos fuesen mejor las cosas, y, desde luego, esto no se consigue si nos ponemos una venda en los ojos y nos negamos a ver nuestros errores, que es la actitud adecuada para repetir los errores en el futuro.

De ahí que sea de vital importancia que todos tengamos conocimientos en Historia, pero no para satisfacer nuestras ansias de conocimiento enciclopédico, sino para saber por qué sucedieron todos los hechos históricos y cuales fueron sus consecuencias. Y es algo que se debería enseñar bien en los colegios, que sólo se limitan a obligar a los alumnos a memorizarse fechas y personajes históricos, como si archivar en el cerebro fechas y datos significara saber de Historia. En efecto, y remitiéndome a lo escrito en La importancia de conocer las causas, no sabremos de verdad de Historia si no diseccionamos cada suceso histórico en tres partes: causas, desarrollo y consecuencias.

¿Por qué nuestra enseñanza es tan deficiente, como se desprende del informe de la OCDE? Por puro interés político. No interesa que el ciudadano medio piense por sí mismo, que luego es más complicado conseguir su voto, si es que no lo pierde. En efecto, si a una mala formación académica, con sus intentos adoctrinadores, se le suma la imprescindible intervención de los medios de comunicación que ayudan en la difusión del mensaje oficial, ¿qué más pueden pedir los políticos para conseguir tanto sus objetivos personales como los de sus amigos?

No obstante, sería un error si redujéramos el análisis a echar exclusivamente la culpa al poder establecido, porque todos tenemos algo de responsabilidad en las consecuencias de la mala gestión de nuestros políticos. Si están gobernando es porque les hemos votado, nos hemos quedado en casa, no somos capaces de movilizarnos o esperamos que sea otro el que dé la cara. Por eso, cuando se dice que "tenemos lo que nos merecemos" no es un simple recurso dialéctico, sino que es la frase en la que se condensa nuestra trágica realidad. Si Zapatero, con su incompetente gestión, está hundiendo nuestro país, no es culpa suya, sino de nosotros mismos que hemos dejado a nuestros políticos hacer lo que les ha dado la real gana, consolidando, de esta manera, un sistema inexpugnable en el que los trepas y demás muertos de hambre son los que se hacen con las riendas de los partidos. Y, aunque sea repetitivo, es bueno insistir: Hemos hecho dejación de funciones, hemos votado a los mismos porque es el mal menor o nos hemos quedado en casa. En este aspecto, exculpo a los que han votado a un determinado partido porque creen que lo han hecho bien. En cambio, es imperdonable la actitud de los que, quejándose de la mala gestión de un político, han callado o han dejado hacer (entre los que me incluyo, por avalar y votar por un candidato en Asturias que sabía que no iba a ganar).

Por cierto, esto me recuerda la hipocresía de algunos que se convirtieron en antifranquistas después de morir Franco. O si lo eran, bien calladito se lo tenían. Pero que no se engañe la gente, si Franco murió de viejo es porque la inmensa mayoría de los españoles optó por lo más cómodo: que fue callarse a cambio de conservar su nivel de vida. Esto que sucedió en España el siglo pasado no fue una excepción, sino justo lo contrario puesto que la Historia demuestra que, cuando el que está en el poder ofrece al pueblo pan y circo, tiene el puesto asegurado durante el tiempo que quiera, siempre y cuando no sea víctima de conspiraciones por parte de trepas que están dispuesto a todo por sustituir al que manda. Pero obviando esto último, en el momento en el que la plebe deja de tener entretenimiento o sustento es cuando el gobernante empieza a tener problemas.

En fin, espero que esto que he escrito sirva de reflexión, e incluso de estímulo, para empezar a construir un mundo mejor a partir del 1 de enero de 2011. FELIZ AÑO NUEVO A TODOS.

jueves, 23 de diciembre de 2010

LA NUEVA REFORMA DEL CODIGO PENAL QUE HOY ENTRO EN VIGOR

Hoy ha entrado en vigor la reforma del Código Penal operada por la Ley Orgánica 5/2010, de 22 de junio, y ya van 16 desde que este Código fuera aprobado en el año 1995, por el que se introducen 169 modificaciones, eso sin contar, y en otra demostración de las dotes previsoras de los que nos gobiernan, con que han tenido a bien reformar cuatro artículos de la Ley de Enjuiciamiento Criminal y uno de la Ley Orgánica del Poder Judicial, justo medio año después de la entrada en vigor de la nueva oficina judicial que supuso, entre otras cosas, una profunda remodelación de estas dos últimas leyes. Con esta descontrolada actividad legislativa es imposible que los códigos que se compran para nuestro trabajo duren más de un año.

De toda esta extensa reforma, y ya que no está dentro de mis planes ahuyentar a la parroquia por aburrimiento, destacaré una parte:

1º Se ha añadido un nuevo atenuante, que consiste en "La dilación extraordinaria e indebida en la tramitación del procedimiento, siempre que no sea atribuible al propio inculpado y que no guarde proporción con la complejidad de la causa". A lo que veo dos problemas: el primero, de carácter hermenéutico, ya que deja a los distintos Juzgados y Tribunales la interpretación de "dilación extraordinaria e indebida", lo que supone añadir un elemento más de incertidumbre e inseguridad a nuestro sistema judicial porque no todos los jueces y magistrados tienen el mismo parecer, así que hubiera sido recomendable que el propio legislador hubiese añadido un párrafo estableciendo unas reglas básicas para determinar a partir de qué lapso de tiempo se entiende que, por ejemplo, un procedimiento abreviado se ha dilatado de manera extraordinaria e indebida; el segundo, la saturación de muchos juzgados de instrucción puede repercutir en que muchos reos se beneficien de esa atenuante. Esta es otra demostración de que se legisla sin dotar de medios materiales y humanos suficientes para su aplicación.

2º La adicción del nuevo art. 31 bis, en la que se regula la responsabilidad penal de las personas jurídicas, que obviamente no son castigados a penas privativas de libertad, sino más bien se les podrá imponer penas de multa. Esta novedad me parece positiva puesto que, de esta manera, no sólo su responsabilidad queda limitada a la responsabilidad civil subsidiaria, sino que además permitirá proseguir las causas en los casos que la responsabilidad de las personas físicas no haya podido ser individualizada, dando, en este caso, lugar al sobreseimiento provisional o, de llegarse a celebrar el juicio, a la absolución del acusado. Esto es de vital importancia puesto que sin condena penal no hay responsabilidad civil derivada de la comisión de los delitos y faltas, obligando al perjudicado a acudir a la vía civil para conseguir la correspondiente indemnización. También es verdad, como punto dudoso, el apuntado por algún compañero con respecto a qué persona física es la que debe acudir en representación de la entidad imputada, y tal vez hubiese sido necesario la oportuna reforma de la ley procesal penal. De todas maneras, en mi opinión, supone un avance.

3º Se añade como nueva pena privativa de derechos, la privación de la patria potestad (letra j del art. 39).

4º Se introduce como medida de seguridad la libertad vigilada (arts. 105 y 106), que se impondrá, entre otros casos, a los condenados por los delitos contra la libertad e indemnidad sexuales (arts. 178 a 190) y a los condenados por delitos de terrorismo, siempre y cuando la condena sea de pena de prisión, que se cumplirá después de salir de prisión. En ningún caso esta medida puede extenderse más allá de los 10 años.

5º Los delitos que antes prescribían a los 3 años, ahora prescriben a los 5 años junto con los delitos castigados con penas de prisión de 3 a 5 años; y los delitos de terrorismo con resultado de muerte no prescriben a partir de hoy (art. 131).

6º Se añade un nuevo Título VII bis, con "la trata de seres humanos" como rúbrica.

7º Los delitos contra la propiedad intelectual que no excedan de 400 € son considerados como faltas.

8º Se introduce una nueva sección en el Capítulo XI del Título XIII del Libro II, cuya rúbrica es "de la corrupción entre particulares", entre los que se puede encontrar que se castigan las conductas encaminadas a predeterminar o alterar de manera deliberada los resultados deportivos.

9º Se modifica las condenas por tráfico de drogas, en la que se establece la distinción entre los pequeños traficantes (art. 368) y los traficantes que pertenecen a organización delictiva (art. 369 bis), los primeros tendrán una rebaja en la pena con respecto a la regulación anterior, de 3 a 9 años de prisión pasan a una pena de 3 a 6 años. En cambio los segundos, serán castigados con penas de prisión de 9 a 12 años (anteriormente, de 9 a 13,5 años) y los jefes de las organizaciones criminales serán castigados con la pena superior en grado (12 a 18 años).

10º Se añade una sección en el Capítulo II del Título XVIII del Libro II, con la siguiente rúbrica "De la falsificación de tarjetas de crédito y débito y cheques de viaje".

11º Se reorganiza el capítulo que tipifica los distintos tipos de delito de cohecho, en el que en los delitos recogidos en el art. 419 y 420, se incrementan de 2 a 6 años a 3 a 6 años y de 1 a 4 a 2 a 4 años de prisión respectivamente, junto con sus penas de multa e inhabilitación para ostentar cargo público. Además ha desaparecido el delito de cohecho pasivo impropio (s.e.u.o.) (1) y se recoge expresamente como sujetos activos del delito de cohecho a los funcionarios de la Unión Europea y a los funcionarios nacionales de otros Estados de la Unión, que, entiendo yo, será cuando tenga relación con los hechos cometidos en España.

12º Se da una nueva estructura a los tipos penales relativos a los delitos de terrorismo, debido a que el primitivo capítulo V del Título XXII del Libro II se segrega en dos, a saber:"de la tenencia, tráfico de armas, municiones o explosivos" y "de las organizaciones y grupos terroristas y de los delitos de terrorismo".

13º Se incluye un Capítulo V al Título XXIV del Libro II, con la siguiente rúbrica: "Delito de piratería".

(1) Como advertía que salvo error u omisión había desaparecido el cohecho pasivo impropio, después de una relectura del capítulo referido al Código Penal, este tipo penal ha pasado del art. 426 al 422 con la siguiente redacción:
"La autoridad o funcionario público que, en provecho propio o de un tercero, admitiera, por sí o por persona interpuesta, dádiva o reglao que le fueren ofrecido en consideración a su cargo o función, incurrirá en la pena de prisión de 6 meses a un año y suspensión de empleo y cargo público de 1 a 3 años".

lunes, 20 de diciembre de 2010

XXXVII ANIVERSARIO DEL ASESINATO DE LUIS CARRERO BLANCO

Como llevo haciendo desde el 20 de diciembre de 2007, sigo insistiendo en mi determinación de repetir que mi abuelo no iba a suceder a Franco como Jefe del Estado, para eso ya había sido designado el entonces Su Alteza Real el Príncipe Juan Carlos como sucesor a título de Rey. Además reiterarlo este año va a estar más justificado puesto que no creo que tarde en emitirse en la Primera de TVE la mini serie sobre los últimos momentos de la vida de Luis Carrero.

EL XXXIV ANIVERSARIO DEL ASESINATO DE LUIS CARRERO BLANCO

Aprovechando el XXXIV aniversario del asesinato de Luis Carrero Blanco, como nieto suyo que soy (me parece que esta afirmación no va a sorprender a nadie), quiero desmentir la tesis de que si no lo hubieran matado no se habría realizado la transición. Y tengo que hacerlo porque no es la primera vez que gente me lo comenta.

Para sacar la conclusión correcta hay que tener en cuenta los siguientes hechos:

1º Su Majestad el Rey, cuando era Príncipe de España, juró como sucesor de Franco a título de Rey, es decir, le iba a sustituir en la jefatura del Estado con todos los poderes que tenía el cargo.

2º Luis Carrero fue la persona que apostó por Don Juan Carlos como sucesor de Franco, ya que él no sólo era de familia monárquica sino que era profundamente monárquico y uno de sus sueños era poder ver la restauración de la Monarquía.

3º Tenía decidido poner el cargo a disposición del Rey en el mismo día de su entronización. De hecho, le había entregado al Almirante había entregado al Príncipe de España una carta de dimisión sin fecha tras ser nombrado presidente del Gobierno.

4º Ni Franco ni Carrero tenían en mente la perpetuación del régimen más allá de la vida el primero. Ninguno de los dos negaba que el franquismo tuviera los días contados. Era cuestión de tiempo. Por eso planeaban una transición a la democracia en la que el PCE no estuviera. El enemigo del franquismo era el Partido Comunista no el Partido Socialista. Alguno como Antón Saavedra, en su libroel secuestro del socialismo”, denunció que el PSOE estaba apoyado el franquismo para evitar que los comunistas se hicieran con el control del país. También denunció que el Secretario General del SOMA-FIA-UGT, José Ángel Fernández Villa, trabajaba como infiltrado para los grises.

También hay que contar que el que iba a ostentar la Jefatura de Estado es el que actualmente ocupa dicho cargo. Por lo que la última palabra la tenía el entonces sucesor de Franco, Don Juan Carlos.

5º Por eso no es de extrañar que, en la entrevista del General Vernon A. Walters con Franco en 1971 éste dijera: “el Príncipe de España será el futuro rey y traerá la democracia que ustedes quieren y de la que desconfío; mi legado es la nueva y extensa clase media creada por el régimen y que, con el amparo del Ejército, hará posible una transición pacífica a esa democracia”. Hasta miembros de la oposición al régimen sabían lo que iba a ocurrir, por eso tenemos unas declaraciones de Lidia Falcón, una destacada miembro del PCE ha escrito que: “La transición política estaba prevista y pactada...que hubiera continuado con una dictadura en España en los años setenta y tantos era impensable...ni era el proyecto que tenía el Departamento de EE.UU."


Con estos datos es imposible llegar a la conclusión de que el sucesor de Franco iba a ser Carrero o que el franquismo habría continuado en la figura del Almirante, por mucho que lo diga un historiador o profesor o catedrático de Historia, que, en estos últimos casos, lo que habría que sentenciar es que o son negligentes como profesionales o actúan de mala fe.

Para concluir, para lo único que ha servido el atentado es para que ETA cogiese un protagonismo que antes no tenía. Lo que ocurrió hace 34 años supuso un punto de inflexión en la actividad terrorista de dicha organización. El atentado supuso un espaldarazo a las pretensiones etarras y por eso nuestra sociedad ha tenido que soportar tantos y tantos muertos ocurridos posteriormente.

viernes, 17 de diciembre de 2010

LA INADMISION DE LAS QUERELLAS CONTRA BONO

Con fecha 13 de diciembre de 2010, por la sala segunda del Tribunal Supremo se inadmitieron las querellas interpuestas por la Asociación PREEMINENCIA DEL DERECHO y por la Asociación contra la Corrupción y libre ejercicio de la acusación popular contra el Presidente del Congreso, José Bono Martínez. Como saben los que me leen a menudo, me gusta que cada uno piense por sí mismo y no a través de informaciones manipuladas por los medios de comunicación. Así que os adjunto la resolución entera.

Sentencia_supremo Caso Bono

Como han podido comprobar, la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, reprocha a los querellantes que no concretaran ninguna de las modalidades de cohecho propio ,recogidos en el Código Penal en sus arts. 419, 420 y 421, que puedan ser imputables al Presidente del Congreso cuando era Presidente de la Juntas de Comunidades de Castilla la Mancha. Es decir, no concretan qué participación tuvo Bono en la recalificación de los terrenos de Valdeluz, recordando que para que la recalificación saliera adelante no es suficiente la participación de la Consejería de Urbanismo, sino requiere el concurso de los Ayuntamientos que, en los municipios afectados, gobernaba un partido de signo contrario (entiéndase el Partido Popular). Aunque también considera que en este caso no concurre en la permuta dádiva alguna.

En cuanto a la posibilidad de cohecho impropio en lo relacionado con las dádivas consistentes en la decoración de la casa que tiene Bono en Olías, sostiene el Alto Tribunal que no concurre de acuerdo con la jurisprudencia establecida en las SSTS 362/2008 y 30/1994, puesto que las dádivas se han de realizar atendiéndose a la condición de funcionario o empleado público. Por lo que para que se den los requisitos del este tipo de cohecho ha de haber relación causal entre el regalo y la condición de cargo público de la persona cohechada, y si existe otra explicación coherente, como la relación de amistad, no existe tal delito. En el caso de Bono y el Sr. Santamaría, existe una relación de amistad como han reconocido los propios querellantes. Eso sin olvidar que la esposa del constructor es madrina de bautizo de la hija menor del Presidente del Congreso.

En fin, según el Tribunal Supremo, ambas querellas padecen del mismo defecto de indefinición, por ello, conforme al art. 313 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, procede la inadmisión de las querellas.

viernes, 10 de diciembre de 2010

¿POR QUÉ SE PRODUJO EL CAOS AEREO?

En el caos aéreo que se produjo en el inicio del puente de la Constitución, y sin querer exculpar a los controladores aéreos, puesto que nadie tiene derecho a saltarse la ley a la torera para lograr sus objetivos o reivindicaciones, por muy justos que crean que son, el Gobierno tuvo un importante papel en el desarrollo de los acontecimientos. En efecto, desde que el 5 de agosto de este año aprobaron un Real Decreto en el que, el apartado 3 del art. 5, dispusieron que "La actividad aeronáutica anual no excederá de 1.670 horas, sin perjuicio de la posibilidad de ser incrementada con horas extraordinarias hasta un máximo de 80 horas anuales, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 35 del Texto Refundido del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo." Pero se dieron cuenta de que habían cometido un error de cálculo, y no se les ocurrió otra cosa que en el Consejo de Ministros del viernes pasado, aprobar mediante Real Decreto-Ley una disposición en la que establecía la interpretación del referido precepto. Véase la Disposición Adicional Segunda:

Actividad aeronáutica en el control del tránsito aéreo.

1. Los controladores al servicio de la entidad pública empresarial AENA, así como al servicio del resto de proveedores de servicio de tránsito aéreo, deberán ajustar su tiempo de actividad aeronáutica, descansos y turnos a lo establecido en el Real Decreto 1001/2010, de 5 de agosto. De acuerdo con lo establecido en el artículo 5 del citado Real Decreto 1001/2010, la actividad aeronáutica anual no excederá de 1.670 horas, sin perjuicio de la posibilidad de ser incrementada con horas extraordinarias hasta un máximo de 80 horas anuales. En el cómputo de este límite anual de actividad aeronáutica no se tendrán en cuenta otras actividades laborales de carácter no aeronáutico, tales como imaginarias y periodos de formación no computables como actividad aeronáutica, permisos sindicales, licencias y ausencias por incapacidad laboral. Estas actividades, al no afectar a los límites de seguridad aeronáutica, se tomarán en consideración exclusivamente a afectos laborales de conformidad con lo establecido en la disposición adicional única del Real Decreto 1001/2010.


Yo me hago las siguientes preguntas:

  1. ¿Por qué no lo hicieron en cualquiera de los otros 13 viernes que hubo desde el 3 de septiembre hasta el 26 de noviembre?
  2. ¿Son tan incompetentes como para no darse cuenta de su error de cálculo hasta el viernes día 3 de diciembre?
  3. Si son tan incompetentes como para no darse cuenta de su error hasta tan tarde, ¿por qué no esperaron para aprobar el referido Real Decreto-Ley el viernes 10 de diciembre?
  4. En fin, si como dijeron algunos miembros del Gobierno, sospechaban de las intenciones de los controladores aéreos ¿por qué el Gobierno les dio un pretexto para que se planten al inicio del puente?

Ni al que se le ocurrió asar la manteca, ni al más incompetente de la tierra, habría parido semejante dislate dándole un pretexto a los controladores, como ya sospechaban algunos miembros de nuestro Gobierno, que supuso perjudicar a centenares de miles de usuarios. Por eso, y teniendo en el Ejecutivo a Don Alfredo Pérez Rubalcaba como Vicepresidente Primero, Ministro del Interior y Portavoz, que en su persona se cumple a rajatabla la máxima de Franklin D. Roosvelt (en la política las causalidades no existen, y cuando existen están bien elaboradas), huele a que el Gobierno ha urdido un plan que no es precisamente el recortar los derechos de unos determinados trabajadores, ni tampoco garantizar un servicio público de cara a las vacaciones de Navidad.

Entonces, ¿por dónde van los tiros? Como en cualquier análisis, es necesario partir de los antecedentes. En este caso, el Gobierno, por su pésima gestión en el plano económico, está cayendo en las encuestas de tal manera que se vaticina una debacle electoral de tal magnitud que podría afectar severamente a todos los barones territoriales. Por temor a perder el poder, Zapatero optó en la última remodelación del Gobierno, en lugar de por un nuevo equipo económico, por uno decididamente político fortaleciendo su faceta propagandística colocando como Vicepresidente Primero y Portavoz a Rubalcaba.

Aún así, la brecha entre el PP y el PSOE se agrandan, por lo que no queda otra que utilizar cualquier estrategia para distraer la atención y, de paso, recuperar algo de crédito. ¿Cómo podrían actuar? Poniendo a los controladores aéreos como cabeza de turco. Sabían que éstos iban a reaccionar si se les provocaba, y si la reacción de los controladores aéreos afecta un número importante de usuarios, como los que habría en el puente de la Constitución, mejor aún. Además justificaría el colapso la adopción del Estado de Alarma, que impediría, de acuerdo con el apartado 5 del art. 116 de la Constitución, la disolución anticipada de las Cortes, como seguramente le estarían pidiendo los dirigentes y candidatos territoriales a Zapatero. Por algo el Gobierno está hablando de prorrogar el Estado de Alarma sin que exista justificación alguna.

Por cierto, en relación la medida recogida en el art. 116.2 de la Constitución, desarrollada, junto con los Estados de Excepción y Sitio en la Ley Orgánica 4/1981, que fue decretado mediante Real Decreto el 4 de diciembre de 2010, dudo mucho que se ajuste a los requisitos legales, sobre todo en lo relacionado a la situación de calamidad, porque el tenor literal del art. 4º a), que tiene que concurrir junto con el del apartado c) del mismo precepto, es el siguiente: "Catástrofes, calamidades o desgracias públicas, tales como terremotos, inundaciones , incendios urbanos y forestales o accidentes de gran magnitud." El Gobierno, en un alarde de manipulación, sólo se quedó con la parte que le convenía, con la calamidad, como si la Ley no la delimitara. En cambio si podría encajar, el Estado de Excepción, que, en su art. 13, establece las circunstancias que lo ampararían:

"Uno. Cuando el libre ejercicio de los derechos y libertades de los ciudadanos, el normal funcionamiento de las instituciones democráticas, el de los Servicios Públicos esenciales para la comunidad, o cualquier otro aspecto del orden público, resulten tan gravemente alterados que el ejercicio de las potestades ordinarias fuera insuficiente para restablecerlo y mantenerlo, el Gobierno, de acuerdo con el apartado 3 del artículo 116 de la Constitución, podrá solicitar del Congreso de los Diputados autorización para declarar el Estado de Excepción."


¿Por qué no se adoptó esta medida? Probablemente porque no depende del propio Gobierno para decretarlo, además contiene una carga política muy negativa que recordaría a tiempos pretéritos.

En fin, puede que me equivoque en el análisis, pero, desde luego, con los antecedentes del Gobierno, demostraría ingenuidad si le creyera a la vista de los hechos acaecidos.

miércoles, 1 de diciembre de 2010

NEMESIO MARTINEZ HOMBRE, CAPITAN DE CABALLERIA

Antes de biografiar la figura de Nemesio Martínez Hombre, quisiera agradecer la oportunidad que para ello me brinda la revista Piloña. Tiene para mi este nombre algo muy especial. Evoca la tierra y las gentes a las que me unen estrechos lazos familiares.

Nació Nemesio en Infiesto el 21 de marzo de 1897. Fue el cuarto hijo de los ocho que llegaron a tener Nicolás Martínez Agosti y María Hombre Chalbaud Tocios nacieron allí, excepto el último de ellos. Nicolás que lo hizo en Madrid, al trasladar la familia su residencia a causa de los estudios de sus hijos. Sin embargo continuaron manteniendo su intensa vinculación con Infiesto a lo largo de los años.

Su infancia, periodo en el que transcurren los años básicos y fundamentales en el desarrollo y formación de una persona, y que marcan el carácter y el temperamento para toda la vida, transcurrió en Piloña. Asistió al colegio de la Obra Pía con sus hermanos, cuando era director D. Prudencio Díaz González. Allí hizo las primeras amistades, con las que siempre mantuvo una estrecha y afectiva relación, y todos los años esperaba con ilusión el verano para poder ir a Infiesto, al menos unos días.

Durante estos años, en Asturias era frecuente la existencia de los llamados batallones infantiles. En Infiesto también se creó un Batallón Infantil con sus cornetas y tambores, formado por la mayoría de los niños del pueblo, entre ellos los hermanos Martínez Hombre y por supuesto Nemesio, que participaba con gran entusiasmo en todas las actividades que se desarrollaban. Probablemente podemos encontrar en esta anécdota infantil el primer antecedente de su clara vocación militar.

Para la familia significó mucho venir a Madrid. Todos sintieron una gran nostalgia que lejos de aminorarse con el paso del tiempo, fue intensificándose cada vez más, aunque sus padres pasaban largas temporadas en su casa de Piloña.

Sin embargo, en Madrid tuvieron una gran acogida. Venían a la casa familiar de sus abuelos maternos, situada en Bárbara de Braganza número 3, que mucho más Larde pasó a ser 7, numeración que hoy todavía conserva. Se trata de una casa de pocos pisos donde solamente alguno estaba alquilado a personas conocidas. Allí vivió mucho tiempo el general de Caballería D. Eduardo Motta, gran amigo de todos y que habría de tener gran influencia en el futuro de Nemesio.

Pero su vocación, sin temor a equivocarnos, donde se despierta es en Infiesto. Su abuela paterna Elisa, tenía un coche de caballos porque le gustaba mucho salir de paseo por los alrededores. Para tirar del coche tenía dos yeguas blancas, «Bonita» y «Pastora». El bueno de Poldo era quien se encargaba de cuidarlas y tenerlas siempre dispuestas, y Nemesio en cuanto le veía entrar en la cuadra por la mañana corría a echarle una mano, estando siempre pendiente de ellas.

A los dieciséis años y a la vista de su vocación militar y de su pasión por los caballos, ingresó en la Academia de Caballería de Valladolid. Desde el primer momento destacó en Equitación donde se entregaba totalmente por lo que sacaba las máximas calificaciones y puestos, con notable diferencia con las demás actividades y asignaturas.

Al salir de la Academia, es destinado al Regimiento Mª Cristina en Aranjuez. En 1918 le mandan a Ceuta como teniente de las Fuerzas Regulares Indígenas, Tercer Tabor de Caballería. Participa en la campaña de Marruecos, dándose la circunstancia de ser el primer oficial español que entra en la ciudad de Xauen. Le concedieron la Cruz de le Clase de la Orden del Mérito Militar y la Medalla de la Paz de Marruecos.

Posteriormente, en 1921 es trasladado a la península, al Regimiento de Lanceros del Príncipe. Dedicado de lleno a la preparación de los caballos, vio colmadas sus satisfacciones al ser nombrado profesor de la Escuela Nacional de Equitación Militar.

En 1932, tomó parte con su regimiento desuñado en Alcalá en los acontecimientos de la insurrección del 10 de agosto bajo el mando del general Sanjurjo.

Al fracasar estrepitosamente el levantamiento, fue detenido, juzgado y enviado a Villa Cisneros durante unos meses. A su regreso volvió a su regimiento en Alcalá y a la Escuela de Equitación.

Desde el punto de vista deportivo destaca como figura de la hípica. Se inició en los concursos de Ceuta y Melilla donde ganó sus primeras copas y trofeos. Fue integrante más larde del Equipo Olímpico Español de Hípica junto con sus compañeros y amigos García Fernández, López de Letona, marqués de los Trujillo, Cabanas, Navarro y Cabanillas. Participó en los Juegos Olímpicos de París en 1924. Una desafortunada lesión, originada por una grave caída, le privó de poder asistir a los Juegos Olímpicos de Amsterdam en 1928 y ganar la Medalla de Oro que consiguieron sus compañeros, primera en la historia del deporte español, siendo por otra parte, el jinete asturiano que más Copas de Naciones ha disputado, con un total de once.

Representó a España en veinticuatro ocasiones. Compitió por gran parte de Europa, obteniendo importantes premios en Inglaterra, Roma, Milán, Ñapóles, Niza, Lisboa, Oporto, Amsterdam, Bruselas, destacando la Medalla de Oro de Italia en Roma, y el Primer Premio de la Copa del Ejército Polaco, en 1926 montando a «Zapatillero», su gran caballo, celebrado en el Concurso Hípico Internacional de Niza. Participaron más de doce naciones y fue nombrado «Mejor Jinete» de todos los equipos participantes durante dos años consecutivos.

Además de Zapatillero, su otro caballo favorito fue «Diestro», muy ligero por lo que podía recortar perfectamente los obstáculos. Ambos eran españoles, y Nemesio les tenia un gran cariño.

En España participó en numerosos concursos y carreras de vallas. Ganó muchas veces, destacando varias Copas de S M. el Rey D. Alfonso XIII, y en 1931 la Copa de la Caballería Española con «Caída». Sus escenarios más frecuentes fueron: Madrid, Barcelona, Burgos, Valladolid, La Coruña y San Sebastián.

Aunque su gran pasión fueron los saltos, formó parte del Equipo de Polo de la Escuela de Equitación junto con los hermanos Sotto y Cabeza de Vaca. Obtuvieron numerosas victorias, entre ellas la Final del Torneo Militar de Polo.

Creó con sus compañeros lo que en el extranjero han llamado la «Escuela Española», que se caracteriza por la aplicación y reforma de la Escuela Italiana, esto es una menor rigidez para adaptarse en cada momento a la situación y circunstancias de cada obstáculo y monta.

Sobresalió como saltador de las famosas «banquetas» que ellos pusieron de moda, e instauraron esta típica modalidad española que consiste en la toma de tierra a metro y medio de altura. Por su gran dificultad, hoy en día han caído totalmente en desuso.

Se le distinguió con distintas Órdenes y Condecoraciones, destacando la Cruz de la Orden Militar de Aviz de la República Portuguesa en 1925.

Su conocimiento de los caballos, la intuición especial para determinar las montas, unido a su entusiasmo, le hicieron una auténtica autoridad en este deporte, del que fue sin duda un verdadero maestro y un enamorado.

Era un monárquico convencido. En 1936 Iba a ascender a comandante pero el 26 de julio, pocos días después de estallar la Guerra Civil, se presentaron unos hombres armados en casa a buscarle. No llevaban orden de detención alguna. Sabiendo perfectamente cuál era su destino, no quiso irse sin ponerse previamente su uniforme. Murió ese mismo día.

Fue un extraordinario jinete, pero su persona lo fue aún más. Queremos insistir en este punto. Sus victorias fueron numerosas y destacadas. Su trayectoria deportiva estuvo sembrada de éxitos. Pero sin duda, lo realmente importante fue su gran humanidad, alegría y generosidad. De carácter extrovertido, tuvo una gran personalidad que dejó huella en aquellos que le conocieron, y fue muy querido por sus compañeros y por todas las gentes con las que se relacionó. Tal fue el cariño que Madrid le tenía, que tras el fin de la guerra, el diario ABC le quiso recordar como «el Jinete del Corazón de Oro».

Desde los años 40. y llevando su nombre se han venido celebrando distintos concursos y carreras en diferentes puntos de España, como La Coruña y San Sebastián. En 1948, Oviedo, al establecer por primera vez el Concurso Hípico Nacional, dedicó una prueba en su memoria, donando su hermano Pablo un trofeo para el jinete ganador, ese año y sucesivos.

En la década de los 70 bajo el patrocinio de la Sociedad Española de la Cría Caballar, se traslada la prueba que llevaba su nombre desde Lasarte a Madrid, disputándose durante la temporada de otoño el Premio Nemesio Martínez Hombre, para gentleman, en el Hipódromo de La Zarzuela, hasta principios de los 90, en que el hipódromo cesó en su actividad.

Infiesto, con gran ilusión, organizó un concurso en 1975. Al año siguiente, consiguieron que ascendieran de categoría, pero ante las numerosas dificultades que encontró la organización lamentablemente desapareció. Una de las pruebas rindió homenaje al jinete piloñés y el año pasado, la Federación Hípica Asturiana, con ocasión del Concurso Ovetense celebrado durante las fiestas de San Maleo, y conmemorando los cincuenta años de su instauración en la ciudad, dedicó también un recuerdo a este asturiano que siempre paseó con orgullo el nombre de Infesto y de España, no sólo en los conflictos armados a los que fue destinado, sino también en cuantas pruebas hípicas y deportivas participó.

Por Elena Martínez-Hombre, sobrina del biografiado. Publicado por la Revista Piloña de la Asociación Cultural Pialonia en los números 23 y 24-Época III-1º y 2º Semestre de 1.999.