miércoles, 29 de octubre de 2008

LA RUPTURA DEL PACTO PP-UPN

Corriendo un tupido velo sobre el desagradable incidente de las adulteraciones del resultado de la encuesta, procede volver a tratar temas de actualidad. De los que hay para elegir opto por la ruptura del pacto entre el PP y UPN, puesto que este divorcio entre populares y foralistas afectará al mapa político de la Comunidad Navarra en los próximo comicios.

El divorcio entre las dos formaciones conservadoras tiene como origen los resultados de las elecciones autonómicas en Navarra. Tras el 27-M se confirmó que Sanz no tuvo el suficiente respaldo parlamentario, ni con el apoyo del CDN, para formar Gobierno. Ante esta situación, en lugar de hacer lo correcto como hubiese sido que se repitiesen las elecciones, decidió, por propio interés personal, aceptar, con todas las consecuencias, la abstención del PSN en su investidura. Al haber optado por esta vía, aceptó los posibles chantajes que provinieran desde filas socialistas, ya que depende de ellos de que no presenten una moción de censura junto con los nacionalistas de NaBai.

No hubo que esperar mucho para que, desde Ferraz, pasasen la factura al Señor Sanz. No tardaron en pedir a los foralista el apoyo para aprobar los Presupuestos Generales del Estado. Un apoyo que, por cierto, no necesitaban, de hecho lo sacaron adelante sin su apoyo. Aunque los socialistas nieguen cualquier tipo de chantaje, lo cierto es que lo hubo y así escuché en Onda Cero la declaración de un dirigente socialista navarro recordando al Presidente de la Comunidad foral que tenía que elegir entre Rajoy y Navarra.

La pregunta no es nada ociosa, si se acepta los hechos anteriormente expuestos, ¿por qué el PSOE jugó tan pronto esa carta? Una posible respuesta es que, debido a las malas encuestas que estaban cosechando, decidieron recuperar un poco de aire generando un problema a los populares. Otra opción, nada incompatible con la anterior, es fracturar en Navarra al PP, dejando fácil una victoria en las próximas elecciones autonómicas. Personalmente me decanto por la primera, aunque la segunda opción sería el lazo del regalo.

Dicho todo esto, la culpa no es del PSOE, que, en este mundo, en el que la política está profesionalizada y, por así decirlo, mercantilizada, jugó sus cartas y la jugada le salió muy bien. El responsable de todo esto es el propio Miguel Sanz, que prefirió garantizarse una legislatura pacífica en Navarra a costa de su propio partido, al que va a romper en dos, y de los propios navarros, a los que les va a dejar sin una alternativa seria conservadora para los siguientes comicios. Además buscaba romper con el partido que preside Rajoy cuando UPN decidió suspender de militancia al diputado del grupo popular, Santiago Cervera, que votó en contra de los presupuestos, sobre todo después de que se le pidiera que no lo hiciera.

martes, 28 de octubre de 2008

SOBRE LAS ADULTERACIONES EN LAS VOTACIONES

A la vista de lo que está sucediendo con dos internautas, uno desde Colmenar Viejo y otro desde Madrid, que han estado eliminando las cookies para votar masivamente por Caballero ZP y por Natalia Pastor, adulterando, de esta manera, el resultado de las votaciones, comunico lo siguiente:

1º Me parece triste que tenga que pedirme Natalia Pastor que le retire del proceso porque haya alguna persona que se dedique a eliminar sus cookies de su ordenador para seguir votando. A su petición le he contestado diciendo que reconsidere su decisión.

2º El I Premio al mejor blog tenía una finalidad clara, que era premiar al mejor blog con una típica imagen que el premiado podría colgar en su bitacora. No lleva aparejado, en absoluto, una recompensa de carácter económico, por lo que no entiendo por qué, por parte de algunos, se está adulterando el resultado.

3º Mañana tomaré cartas en el asunto, y, en principio, gracias a los que han estado adulterando las votaciones, reiniciaré el contador de las encuestas y las pondré todas a cero. No obstante, si siguieran produciéndose en el futuro adulteraciones, tomaré una medida drástica como sería excluir a los blogs beneficiados. Aunque, como último recurso, está la posibilidad de declarar desierto la I edición del premio al mejor blog.

4º Para empezar suprimo la encuesta, no tiene sentido seguir con algo que está adulterado. Mañana será otro día, y volveré a colocarla reseteada.

lunes, 27 de octubre de 2008

LISTA DEFINITIVA DE BLOGS CANDIDATOS Y HOY EMPIEZA LA VOTACIÓN

Después de que haya PRECLUIDO EL PLAZO de PRESENTACIÓN DE CANDIDATURAS (ya no se admiten más candidatos), hoy comienza la segunda fase, consistente en votar en la encuesta que ya está colocada al margen derecho de este blog, encima de la LISTA DEFINITIVA DE CANDIDATOS (lista que tiene como finalidad facilitar las visitas de los candidatos antes de votar).

Esta encuesta, que va a servir para dilucidar qué tres blogs entraran en la fase final, estará abierta durante trece días. Al día siguiente, se confeccionará, como consta en las bases del premio, la lista definitiva con los tres candidatos más votados.

Para facilitar más las cosas, comunicaré a los candidatos su designación oficial y que ya está abierto el plazo para votar a los candidatos.

Por último, agradecer a todos los que han colaborado proponiendo a sus candidatos por acoger favorablemente esta iniciativa.

miércoles, 22 de octubre de 2008

LA IMPORTANCIA DE CONOCER LAS CAUSAS

Este artículo lo quería escribir hace tiempo, pero la actualidad manda… Ahora que estamos entretenidos con la economía y con Garzón, es el momento oportuno para escribirlo. Pues bien, la idea me surgió de la lectura de un artículo de Miguel L. Stobbs, un buen chaval de Juventudes Socialista, en el que se alarmaba por el aumento de los apoyos populares de las fuerzas políticas de extrema derecha. Dicho artículo, aunque bien intencionado, es bastante simplista porque no analiza los motivos del preocupante incremento de fuerzas radicales en Europa, sólo evoca al III Reich para advertir los peligros que conllevaría que los extremistas tuviesen más poder.

Es necesario conocer las verdaderas causas del problema para realizar un tratamiento adecuado. Es como pretender curar el cáncer con aspirinas. Y como dije antes, Stobbs realiza un análisis simplista echando la culpa al capitalismo y los propios votantes, acusándolos de descerebrados. Para entender bien dicho fenómeno, como le apunté en un comentario a ese artículo, hay que preguntarse, por ejemplo, ¿por qué los alemanes, un pueblo tan avanzado, acabó dando un apoyo mayoritario a unos degenerados? Y, para ello es imprescindible analizar las circunstancias sociales, a grandes rasgos, si le afectó la I Guerra Mundial, las condiciones de la rendición acordadas en el Tratado de Versalles, si los dirigentes de la incipiente República de Weimar hicieron todo lo posible para consolidar ese nuevo régimen o si la crack del 29 fue la puntilla. Todo esto, mucho más desarrollado en el libro III Reich: una nueva historia del historiador británico Michael Burleigh. Libro, por cierto, que recomiendo a todos los que quieran conocer más en detalle esta época de la Historia moderna. Pues si hay que analizar lo que sucedió en aquella época en Alemania, lo mismo hay que hacer con el actual auge de las fuerzas de extrema derecha en Alemania, pero con mucho más rigor que culpar, de manera simplona, al capitalismo y a los votantes.

Es importante, como ya apunté, conocer las causas, no para disculpar a nadie, sino para no repetir los errores del pasado. Conocer la Historia va más allá de la superficialidad de nombrar personajes y citar fechas, es acudir a los porqués. Es la diferencia entre saber la lista de los reyes godos y saber la Historia de los godos. Como método es importante dividir un hecho histórico, y así lo aprendí en COU para prepararme para el examen de selectividad, en tres partes: las causas, el desarrollo y las consecuencias.

Otro elemento importante es el elemento subjetivo, es decir, la actitud que cada uno tiene a la hora de enfrentarse a la Historia. Puede elegir entre ser parte o ser juez. Si elige la primera opción, sólo se engañará así mismo porque será reacio a aceptar los hechos que perjudican a los intereses de su bando y alteran el proceso deductivo empezando por las conclusiones y acabando con los hechos que encajan con su versión; en cambio, si opta por ser juez, al ser objetivo e imparcial no tendrá ningún reparo en aceptar o admitir ciertos hechos, por muy perjudicial que fueran para cualquiera de las partes, y, con esos hechos, se llega a una determinada conclusión.

Una vez que se tiene el método y la voluntad real de conocer la verdad, es cuando se tiene que empezar a destripar los libros de Historia, es decir sacar y almacenar las partes válidas de cada libro, que se resume básicamente en la documentación que ha utilizado el historiador y someterlas a un proceso contradictorio con otros libros. Y, sobre todo, no quedarse sólo con las conclusiones que saca el autor, porque, como ser humano que es, puede no estar acertado en sus apreciaciones. Así, de esta manera, tenemos nuestra propia versión de los hechos, no la de otros. Dicho esto quiero destacar la importancia que tiene que tengamos nuestro propio sentido crítico, nuestro propio criterio, esto nos ayuda a ser más libres porque nos atreveremos a pensar por nosotros mismos, sin que nadie nos diga cómo tenemos que pensar y qué debemos creer. Y cuanto más libres seamos, más difícil tendrá el poder establecido, ya sea la clase política, el cuarto poder o los jefazos de las grandes empresas, en metérnosla doblada.

viernes, 17 de octubre de 2008

GARZON SE DECLARA COMPETENTE

Baltasar Garzón Real, Magistrado Juez del Juzgado Central de Instrucción nº 5, en los autos de Diligencias Previas Procedimiento Abreviado 399/2006 V, ha dictado Auto por el que se declara competente para instruir las citadas diligencias previas "por los presuntos delitos permanentes de detención ilegal, sin dar razón del paradero, en el contexto de crímenes contra la Humanidad." Con otras palabras, va a seguir enredando con lo sucedido en la guerra civil y en la posguerra.

Sobre esto ya tuve oportunidad de manifestar mi opinión jurídica, en este blog, en un artículo que analizaba la cuestión, y que reiteré posteriormente en otro escrito, también publicado en este lugar. Como el citado Magistrado vuelve a ser noticia por los mismos hechos, vuelvo a exponer los argumentos jurídicos por los que éste no es, en absoluto, competente. Desde luego, yo no voy a hacer seguidismo de las desafortunadas declaraciones, con claro tinte político, de los que se oponen a la decisión adoptada por Garzón, porque la cosa es clara, si es competente, sobran los comentarios; en cambio, si no lo es, cualquier otra valoración es impertinente. Y la competencia se determina por la legislación vigente, en concreto por la propia Constitución, el Código Penal y la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ).

En primer lugar, centrar las críticas al Magistrado por las leyes de amnistía es, por sí sola, insuficiente. Porque, como bien apuntó un Magistrado Emérito del Tribunal Supremo, en un documental de Informe Semanal, estas leyes pueden ser declaradas inconstitucionales por el Tribunal Constitucional, o por los mismos Juzgados y Tribunales por ser todas ellas leyes preconstitucionales. Lo importante de la cuestión es que dicha medida no se ajusta al art. 9.3 de la Constitución que prohibe expresamente la retroactividad de las normas sancionadoras desfavorables tanto penales como administrativas, puesto que la imprescriptibilidad de los delitos de genocidio se introdujo con el vigente Código Penal, ampliado a los delitos de lesa humanidad, en 2003. Con lo que los delitos que se pudieran haber cometido, por cualquiera de los dos bandos, han prescrito porque el lapso de tiempo es mucho mayor de los 20 años señalados para los delitos más graves.

Quisiera hacer hincapié en el tema de la irretroactividad de las sanciones penales o administrativas desfavorables. Este es un principio constitucional básico de nuestro ordenamiento jurídico, un principio que está íntimamente relacionado con otro principio constitucional, el de la seguridad jurídica. Es importante su cumplimiento escrupuloso, sin posibilidad de excepciones, por el riesgo de poder abrir la veda. La cosa es sencilla, si acaba admitiendo en un caso, ¿por qué se va a impedir en los demás?. Por ejemplo, para que el lector se ponga en situación de la terrible inseguridad jurídica que acarrearía, ¿qué pasaría si los efectos de la nueva legislación penal que amplió los delitos en materia de seguridad vial se aplicasen retroactivamente? ¿Cuánta gente sería juzgada y condenada por estos delitos? ¿Cuánta gente condujo con, al menos, una tasa de alcohol en aire espirado de 0.60 miligramos por litro o a 200 km/h por autovía? En ese momento sólo era una infracción administrativa, pero nada impediría que se convirtiera en un delito? O ¿Quién no ha tenido una pelea con algún hermano? Pues, cualquiera estaríamos expuestos, con la actual redacción del art. 153.2, dada por la famosa Ley de Violencia de Género, a que nos denunciasen y posteriormente nos condenasen.

Por otra parte, aun admitiendo que no estuvieses prescritos los delitos que son objeto de las Diligencias Previas, los Juzgados Central de Instrucción no sería, en absoluto competentes. Todo ello con base en el art. 88 LOPJ, en relación con el art. 65 del mismo cuerpo legal. Según el primer articulo, los Juzgados Centrales de Instrucción instruirán las causas que conozcan la Audiencia Nacional y el Juzgado Central de lo Penal, y éstos son competente, conforme al segundo precepto, no dice nada que tengan por misión juzgar los delitos de genocidio. Por lo tanto, serían competentes los Juzgados de Instrucción de los partidos judiciales en donde se hubieren cometido los delitos.

Todo esto me hace pensar que el Auto va a ser revocado por la Audiencia Nacional, a petición del Ministerio Fiscal. No tiene base legal alguna, aunque intente escudarse en ejemplos como el del caso de Adolfo Scilingo, condenado por la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional el 18 de abril de 2005, aunque sabe perfectamente que no es aplicable por la sencilla razón de que el art. 65 LOPJ, establece que será competente para el enjuiciamiento "delitos cometidos fuera del territorio nacional, cuando conforme a las Leyes o a los tratados corresponda su enjuiciamiento a los Tribunales Españoles". Sería recomendable, para finalizar, que se centrase en asuntos de actualidad, de los que es claramente competente y que así se evitarían que, por su dejadez, quedasen sueltos narcotraficantes.

Otros artículos relacionados:
Más cuestiones sobre el Auto de Garzón
Después de todo, Garzón se inhibe
¿Hasta cuándo Garzón?
Análisis jurídico sobre las medidas de Garzón

miércoles, 15 de octubre de 2008

GALLARDON, RAJOY Y JOSE ANTONIO ALONSO

Después de un fin de semana largo provocado por la festividad de la Virgen del Pilar, me gustaría analizar algunos asuntos de actualidad como es la decisión de Gallardón de impedir la existencia de los hombres anuncios y la de los repartidores de octavillas, por una presunta y malentendida protección de su dignidad; las declaraciones famosas de Rajoy sobre el coñazo de desfile; y las declaraciones del portavoz socialista, José Antonio Alonso, efectuadas el día de hoy en el programa de Herrera en la Onda, sobre que "España lideró la respuesta europea".

En primer lugar, Gallardón con su última decisión, la de impedir la existencia de los hombres anuncios y de repartidores de propaganda, demuestra que es de esos políticos que no saben estar quietos. Necesitan imperiosamente salir en la prensa aunque tengan que parir una necedad. Es como Garzón (aunque este caso mucho más grave), que tiene un ansia irreprimible de que le citen en todos los medios de comunicación, metiendo las narices donde no le llaman, cogiendo los asuntos más jugosos haciendo inútil el obligatorio reparto entre los distintos Juzgados Centrales de Instrucción, y aunque tenga descuidos por el que acaben soltando a presos preventivos. Pues bien, a Ruiz-Gallardón le han entrado la vena paternalista y ahora, porque dice que es vejatorio y degradante, prohibirá a unas sencillas personas ganarse su sustento diario. Me pregunto yo ¿quién es el Ayuntamiento de Madrid para decidir qué es vejatorio y degradante y qué no lo es? Una decisión que los afectados no comparten, para nada. Es, para ellos, una decisión que les impide ganar sus habichuelas diarias, con las que alimentan a sus familias. Es ese tipo de decisiones que generan problemas en lugar de solucionar los que hay. Además dudo mucho que esa ordenanza se ajuste a Derecho.

En cuanto a cuando a Rajoy se le escapó la afirmación que era un coñazo ir al desfile, que, por un lado son desafortunadas porque son ese tipo de cosas que se piensan pero que no se dicen, y, por otro lado, es razonable que lo piense no sólo él sino todo dirigente político o cualquiera que esté obligado a seguir una agenda. Ya lo manifesté en el Blog de Patricia Lorente en su artículo sobre El día de la Hispanidad y de Nuestra Señora del Pilar y lo vuelvo a repetir: nadie que tenga que acudir a un acto y seguir un determinado protocolo le puede parecer divertido. Y lo que dijo Rajoy probablemente lo comparta Zapatero, Sus Majestades y Sus Altezas Reales, e, incluso, algunos militares. Seamos sinceros, visto un desfile, vistos todos. Los desfiles, como las juras de bandera como los actos de entrega de despacho, son muy bonitos pero, si tienes que estar todos los años, es normal que resulte “un coñazo”. Por eso me parecen desmedidas ciertas críticas, como las que ponen en duda su respeto a las Fuerzas Armadas.

Por último, las declaraciones del portavoz socialista, José Antonio Alonso, en el programa de Carlos Herrera, en la que, ni corto ni perezoso, afirmó que “España lideró la respuesta europea” a la crisis. Decir eso es tener bastante cara y que, con mucha sutileza, Herrera le cuestionó dicha aseveración, obligando, al final, al ex Ministro de Defensa e Interior a acabar sosteniendo que las palabras le importan poco. Afirmación ésta muy poco afortunada viniendo, sobre todo, de un jurista y muy propia de demagogos. De todas maneras, que cada uno saque sus conclusiones escuchando la entrevista.

viernes, 10 de octubre de 2008

I EDICION DEL PREMIO AL MEJOR BLOG: LAS BASES

Como ya amenacé el día 8 de octubre, el aniversario de este blog, he decidido instaurar el Premio al mejor Blog. Para su concesión es imprescindible establecer unas bases, que, de tener éxito esta iniciativa, se irán perfeccionando en cada edición, contando, por supuesto, con la colaboración de todos.

Pues bien, las bases de esta I EDICIÓN DEL PREMIO AL MEJOR BLOG, son las siguientes:

1ª Se abrirá un plazo de presentación de candidaturas que finalizará el domingo 26 de octubre de 2008.

2ª Sólo podrán proponer candidaturas, hasta un número máximo de dos, los usuarios registrados de blogger. Esta limitación tiene su razón de ser en evitar cualquier tipo de adulteración en la formación de la lista de candidatos por intervención de personas anónimas.

3ª Cada usuario de blogger, a la hora de hacer su propuesta, tendrán que cumplir las siguientes condiciones:
a) No podrá proponerse a ninguno de los blogs en los que aparezca como miembro o gestor. Por ejemplo, Patricia Lorente no puede proponer como candidato a su propio blog, ni tampoco a PEZ, Aragón Liberal, We have a dream o Unidad y Libertad.
b) No podrá proponer al blog que instaura el Premio, es decir a mi blog.
c) Cada una de las dos propuestas que realice tendrá que justificarlas de manera sucinta. No hace falta mucha literatura.

4ª Después de finalizar el plazo de presentación de candidaturas, con la finalidad de elegir los tres blogs más votados, se abrirá, antes de las 16:30 del lunes 27 de octubre, una encuesta con todos los candidatos que cumplan las bases 2ª y 3ª, para que los internautas voten por su blog preferido. Esta encuesta permanecerá abierta hasta el 9 de noviembre de 2008.

5ª Una vez obtenida finalizada la encuesta anterior, se obtendrá una lista con los tres blogs más votados, del que saldrá el blog premiado. Para ello se colgará otra encuesta para que los internautas voten al mejor de esos tres. El periodo de duración de la encuesta será desde el lunes 10 de noviembre de 2008, antes de las 16:30, hasta el 23 de ese mismo mes.

6ª La base 4ª no se llevará a efecto si, una vez finalizado el plazo de presentación de candidaturas, no hay más de tres blogs candidatos. Con lo que se procederá directamente a ejecutar la base quinta en los plazos establecidas en la base 4ª.

7ª Una vez obtenido el ganador, se lo comunicaré al dueño o dueños agraciados directamente en el blog premiado, dejándole el correspondiente comentario. También se dará publicidad en este blog. Los premiados no estarán obligados a colgar el premio en las vitrinas de su blog.

8ª No obstante lo anterior, el premio quedará desierto si sólo hay un sólo blog candidato.

Si alguien se pregunta cómo es el diseño del premio, decir que es una sorpresa que se desvelará al final de todo el proceso.

miércoles, 8 de octubre de 2008

ANIVERSARIO DEL BLOG: REPOSICION DEL PRIMER ARTÍCULO

Un 8 de octubre de 2007 decidía adentrarme en un mundo totalmente desconocido para mí, como era el de los blogs. Ese día decidí abrirme un blog personal (un día tendré que hacer algunos cambios de imagen), y, desde entonces, al pie del cañón publicando mis opiniones sobre temas de interés. En todo este tiempo he contado con la inestimable ayuda de personas, como Patricia Lorente, que me enseñó, por ejemplo, a colocar un video de youtube, y con la participación de internautas, que sin ellos este blog sería muy soso, como Álvaro Ortega, Suga, Así está Murcia, Ludwig, Alberto Esteban, Ranita Peregrina, Alberto ICE MAN, Txantxangorri, la mencionada Patricia Lorente, Caballero ZP, NCH, mis amigos El Berto y Victor Manuel (no tiene nada que ver con el cantante, aunque su ideología es similar), Harto, y otros muchos más.

En este primer año he publicado 165 entradas, sin contar con esta última, que están archivadas por orden cronológico y por etiquetas, en el que se han dejado 1.185 comentarios. También, durante este año, he recibido 15.329 visitas (computadas desde el 11 de octubre del año pasado, que es cuando incorporé el contador al blog), que dan a un promedio de 1277 mensuales y 42 diarias. Todo este tráfico ha hecho que ocupe el puesto, en la lista de Alianzo, 2.894 de 18.892 de toda España, y el 77 de 377, en toda Asturias. Datos, desde mi punto de vista, muy positivos.

Con motivo del aniversario, pensé en crear un premio anual al mejor blog y de hecho va a haber una primera edición. No sé si habrá ediciones posteriores, pero lo que sí voy a hacer, y antes de acabar esta semana, es echarlo a andar. Como aperitivo, decir que, para la concesión de este premio, voy a contar con la ayuda de todos los lectores de este blog, tanto para las candidaturas como para la elección del ganador.

Antes de acabar, a continuación voy a reponer el primer artículo publicado en este blog, que también fue publicado en el diario regional La Nueva España:

EDUCACION PARA LA CIUDADANIA Y LA CONSTITUCION

Desde mi modesto punto de vista, Educación para la Ciudadanía debe ser analizada desde el punto de vista jurídico, ya que lo que se discute es si se ajusta a lo preceptuado por la Constitución o si es posible la objeción de conciencia. Unos afirman que, como ha sido aprobado mediante Ley, no cabe la objeción de conciencia; otros, por el contrario, que debe prevalecer el derecho de los padres. Pues bien, para ello, se debe analizar conforme a lo dispuesto por la propia Constitución, que es el marco regulador básico del Estado, si prevalecen los derechos de los padres, o, si al contrario, el Gobierno puede obligar a todos los alumnos a cursar dicha asignatura.

En primer lugar, hay que mencionar que los derechos que se han podido ver afectados son el derecho a la libertad ideológica, religiosa y de culto y el derecho de los padres a elegir la educación de sus hijos, recogidos respectivamente en los artículos 16 y 27.3 de nuestra Constitución, perteneciendo ambos al capítulo II de su Título I, es decir, al apartado que queda reservado a los derechos fundamentales. Son los derechos que están especialmente protegidos, tanto, por ejemplo, en ser amparables ante el Tribunal Constitucional; como su dificultad de reforma, exigiéndose la aplicación del art. 168 (que, en resumidas cuenta, preceptúa la disolución de las Cortes después de ser aprobado la iniciativa por 2/3 de ambas Cámaras, y la misma mayoría antes de ser sometido, de manera preceptiva y vinculante, a referéndum); o la exigencia de que su regulación sea mediante Ley Orgánica.

Sin querer entrar en un denso y tedioso debate doctrinal, lo que hay que analizar es el contenido y alcance del art. 16, excluyéndose el artículo 27.3 por ser su consecuencia lógica. En efecto, una vez desentrañado el alcance real de la libertad ideológica, religiosa y de culto, se puede deducir si la obligación de enseñar a todos Educación para la Ciudadanía es conforme a Derecho. Pues bien, la libertad ideológica, religiosa y de culto es el derecho que tiene cada ciudadano de pensar y creer lo que estime conveniente y a actuar conforme a sus creencias. Además, este derecho impide que los poderes públicos impongan criterio alguno sobre valores y pensamientos ideológicos o religiosos. Esto se sostiene porque el Estado debe ser neutro. Pero dicha neutralidad no impide que la propia Constitución establezca un régimen de colaboración con las confesiones religiosas.

Alguno podría pensar que esta es una opinión minoritaria doctrinalmente, pues bien, el Tribunal Constitucional, a través de numerosas Sentencias (STC) tiene un criterio, por ahora, idéntico al mío en este asunto. Cabe citar, a modo de ejemplo, la STC 154/2002 que dice, entre otras cosas, que el art. 16 “faculta a los ciudadanos para actuar con arreglo a sus propias convicciones y mantenerlas frente a terceros (SSTC 19/1985, FJ 2; 120/1990, FJ 10, y 137/1990, FJ 8). Este reconocimiento de un ámbito de libertad y de una esfera de agere licere lo es ‘con plena inmunidad de coacción del Estado o de cualesquiera grupos sociales’ (STC 46/2001, FJ 4, y, en el mismo sentido, las SSTC 24/1982, de 13 de mayo, y 166/1996, de 28 de octubre)..”; la STC 141/2000 que sostiene que “la libertad de creencias, sea cual sea su naturaleza, religiosa o secular, representa el reconocimiento de un ámbito de actuación constitucionalmente inmune a la coacción estatal garantizado por el art. 16 CE, ‘sin más limitación, en sus manifestaciones, que las necesarias para el mantenimiento del orden público protegido por la ley’ ”; o la STC 101/2004 que reitera la “neutralidad de los poderes públicos, ínsita en la aconfesionalidad del Estado”.

Todo ello hace que cualquier enseñanza obligatoria de valores o principios a los ciudadanos por parte de los poderes públicos es, por supuesto, inconstitucional, porque hace que el Estado pierda su neutralidad. El Estado, en resumidas cuentas, no puede enseñar ningún tipo de valor ideológico o religioso, ni aunque fueran los que se desprendan de la propia Constitución. Y dicha neutralidad, exigida por la Constitución, se ha visto vulnerada con la legislación educativa vigente, sobre todo a la vista del contenido propio de la Ley Orgánica de Educación, en el que se reiteran, por ejemplo, en sus arts. 2 b) y c), 18.3, 24.3 y 33 a) y c), de que, entre sus fines, está el enseñar a los alumnos determinados valores.

Por eso aconsejo al Gobierno que convierta Educación para la Ciudadanía en Educación Ciudadana, en el que se enseñe solamente, y de manera aséptica, derechos y deberes. Por supuesto, lógicamente esta asignatura debería ser impartida por alguien que, como mínimo, se haya licenciado en Derecho. Pero, en cambio, si se insiste en llevar adelante dicha asignatura, tal y como está enfocada, lo más probable es que el Estado tenga que indemnizar a los padres que hayan sido vulnerados en su derecho a elegir la educación moral de sus hijos.

lunes, 6 de octubre de 2008

JOSE BLANCO Y SUS ACUSACIONES

Ayer José Blanco, Vicesecretario General del PSOE, también conocido como Pepiño Blanco, acusó al PP de querer que el edificio financiero español se desmoronase con tal de quedarse ellos con el solar. Por una parte, no aporta nada nuevo, todo partido que está en la oposición, en sus adentros, desea que al Gobierno le vayan mal las cosas para tener alguna posibilidad de ocupar el poder. Si un Ejecutivo lo hace bien, lo normal es que los ciudadanos le sigan confiando, de manera sucesiva, su confianza. Por eso, pedir una lealtad absoluta al partido de la oposición, por motivos partidistas y electoralistas, es pedir peras al olmo, y más cuando no se les ofrece entrar en el Gobierno.

Por otro lado, el Vicesecretario General exagera bastante con la metáfora. Nadie en su sano juicio, por muy perverso que sea, desea que el edificio financiero caiga completamente. Porque el problema vendrá en la reconstrucción, que será larga y costosa, y, por supuesto, objeto de muchas críticas porque se tendrían que tomar medidas drásticas. En la Historia nos podemos encontrar con ejemplos como el de Winston Churchill, que estuvo avisando del peligro nazi, lideró un Gobierno de concentración durante la II Guerra Mundial, y fue a partir de la derrota de los nazis cuando empezó a tener problemas internos que le llevaron a perder las elecciones. Los liberales y laboristas, que dimitieron de sus cargos en el Ejecutivo, vieron la oportunidad de desgastar a los conservadores con mensajes pacifistas, ya que los británicos estaban cansados de tanta guerra y veían a Japón demasiado lejos. Pero el Premier, de manera responsable, no se dejó llevar por la marea populista, y continuó en el conflicto contra el Imperio japonés, decisión nada popular, que le llevó a perder las elecciones generales.

Por eso, Blanco, que es un político profesional (no tiene en dónde caerse fuera de la política), sabe perfectamente que el PP no iba a desear que el edificio financiero cayese, sino más bien que se encuentre de tal manera que, en caso de llegar al poder, sólo hiciese falta echar un par de manos de pintura a las paredes. ¿Quién en su sano juicio iba a desear quedar expuesto a las constantes críticas que iba a suponer reconstruir, desde los cimientos, el edificio financiero?

Entonces, se puede decir perfectamente que Blanco mintió, pero es una mentira que no iba a servir de nada, porque lo que la gente quiere es que su Gobierno tome medidas, no en escuchar constantes y mutuos reproches, de lo cual los ciudadanos están bastante hartos, o deberían estarlo. Pero también quiero aprovechar y recomendarle al inefable Pepiño que, por muy malo que sea el PP, la sartén la tiene por el mango el PSOE, y de él depende de que la tortilla salga bien o mal. Si sale mal, no valen las escusas de mal cocinero.

jueves, 2 de octubre de 2008

LA PORNOGRAFIA INFANTIL: LAS REDADAS POLICIALES

Ayer, en una redada policial, bien publicitada, por cierto, se detuvieron a 121 personas por un presunto delito de pornografía infantil. Con respecto a esto, quisiera informar de las cuestiones que a continuación voy a exponer, empezando por el aspecto puramente legal, con advertencia incluida, y acabando con un análisis crítico sobre este tipo de redadas.

En primer lugar, la pornografía infantil está recogido como delito en el art.189 del vigente Código Penal, que castigo no sólo "El que utilizare a menores de edad o a incapaces con fines o en espectáculos exhibicionistas o pornográficos, tanto públicos como privados, o para elaborar cualquier clase de material pornográfico, cualquiera que sea su soporte, o financiare cualquiera de estas actividades",sino también "El que produjere, vendiere, distribuyere, exhibiere o facilitare la producción, venta, difusión o exhibición por cualquier medio de material pornográfico en cuya elaboración hayan sido utilizados menores de edad o incapaces, o lo poseyere para estos fines, aunque el material tuviere su origen en el extranjero o fuere desconocido", aparte de que también está penado, eso sí con mucha menos pena, la mera posesión de material pornográfico. Con respecto a esto, y que sirva de advertencia porque hay bastante desconocimiento, que no sólo se castiga si las imágenes son niños sino de cualquier menor de edad, los de 17 años están incluidos en el paquete, y a esto hay que añadirle los incapaces. Pues bien, el que tenga la ocurrencia de descargarse imágenes pornográficas en la que aparezcan chavales de, por ejemplo, 17 años, ya está cometiendo un delito. Y la pena se agravaría considerablemente si se reenviase por correo electrónico a otras personas o se colgase en Internet. Esto se consideraría difusión o exhibición de material pornográfico. Da igual que se haga en plan de broma, lo que la legislación penal castiga es el hecho, no la intención.

Una vez dicho esto, he de desmitificar toda la aureola que, con la colaboración imprescindible de los medios de comunicación, han colocado en torno a este tipo de redadas. Pues bien, cualquiera que haga caso de las informaciones periodísticas piensa que todas las personas detenidas son unos peligrosos y maniacos criminales que realizan con niños y bebés cosas, desde luego, indescriptibles, nauseabundas y de muy mal gusto. Lógicamente esta consideración la tienen las personas que utilizan a menores e incapaces para la elaboración de material pornográfico que, posteriormente, distribuyen. No obstante, me barrunto que la historia que nos han comentado existen muchos matices. No conozco los datos de la investigación realizada por la Policía en esta última redada, pero si tengo conocimiento de otros similares. Estos matices se concretan en una serie de cuestiones como, en primer lugar, que posiblemente las personas que producen una buena parte del material se encuentran en ciertos países extranjeros o que utilizan sus servidores (un hacker sabrá mejor las posibilidades que tiene Internet de escapar de la acción de la Justicia), y lo hacen de esta manera para evitar ser detenidos. Entonces ¿quiénes son probablemente la mayor parte de los detenidos? Personas morbosas (nunca mejor dicho, porque morbvs en latín significa enfermedad), que tienen predilección por recrearse mirando este tipo de material pornográfico, y que desconoce que el mero hecho de guardarse ese material en su disco duro ya es delito, y si ya comete la torpeza de dejar su huella informática volviendo a colocar esa bazofia en la red de redes, pues tiene muchas papeletas de que le acaben deteniendo los funcionarios policiales.

Dicho esto, sin menospreciar el trabajo realizado por los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado, creo que deberían centrar sus investigaciones en averiguar el paradero de los verdaderos productores de ese repugnante material. Y una vez desarticulado a estas redes delictivas, ya ningún morboso tendrá la tentación de entretenerse con ciertas cosas. También, aprovecho la ocasión, de pedir que se centren los esfuerzos en buscar y detener a las mafias y bandas de delincuencia organizada que asaltan domicilios particulares y negocios.

Por último, ya que cierta sesuda comentarista confundió, en el programa de hoy de Carlos Herrera, antecedentes policiales con los antecedentes penales, porque es lo que se desprende al afirmar que algunos de esos 121 presuntos pederastas tenía antecedentes porque, en otra ocasión, ya fueron detenidos y, con su dosis de indignación, solicitó un cambio en la Ley. Sería recomendable que esta comentarista, antes de lanzarse al ruedo con recomendaciones, se informara debidamente. Para empezar, el hecho de una persona haya sido detenida no tiene por qué significar que esa persona sea responsable de nada, puede ser perfectamente un error, ni por supuesto que tenga antecedentes penales alguno. Para ello es imprescindible que sea condenado mediante sentencia penal y que posteriormente se declare su firmeza. Aunque siendo sinceros la mayoría de los encartados necesitan, más que el ingreso en prisión, un tratamiento psiquiátrico urgente.