viernes, 4 de julio de 2008

EL REFERENDUM DE IBARRETXE Y LA REFORMA ELECTORAL

Voy a ser sumamente breve porque la cosa tampoco tiene mucha ciencia.

1º En cuanto a la Ley de referendum aprobado por el Parlamento Vasco, decir que el Gobierno hace bien en recurrirla ante el Tribunal Constitucional porque la Constitución establece, ex art. 92, que las decisiones políticas de especial trascendencia podrán ser sometidas a referéndum consultivo, que "será convocado por el Rey, mediante propuesta del Presidente del Gobierno, previa autorización por el Congreso de los Diputados". Además será una "Ley orgánica regulará las condiciones y el procedimiento de las distintas modalidades de referéndum previstas en esta Constitución."

No obstante, como dije en el anterior artículo, toda esta polémica promovida por el Gobierno Vasco viene a ratificar mi afirmación de que los nacionalistas buscan crear una situación en la que ellos la puedan vender como un acto de opresión. En otras palabras, buscan vender victimismo. Creo que, el Gobierno lo haya hecho bien, debería haber actuado con más inteligencia, lo mismo que el propio Partido Popular, en el sentido de que tendrían que haberlo despolitizado derivando el asunto a los servicios jurídicos, en caso del Ejecutivo central, a la Abogacía del Estado, aunque formalmente sea el Presidente del Gobierno el que presente el Recurso de Inconstitucionalidad (art. 162.1.a).

2º La reforma de la Ley Electoral, que se está estudiando en el Congreso Federal del PSOE, consistente en que los inmigrantes no comunitarios puedan ejercer su derecho al voto en las municipales, fue comentada por el Alcalde de Madrid, Alberto Ruiz Gallardón, diciendo que está de acuerdo pero siempre que exista reciprocidad, es decir que el Estado del inmigrante en España reconozca el mismo derecho a un español que reside en su territorio.

No sé si sus conocimientos en Derecho Constitucional se han diluido por estar inmerso en la política durante muchos años, pero sus declaraciones al respecto son totalmente innecesarias puesto que, la propia Constitución dice, en su art. 13.2, que "solamente los españoles serán titulares de los derechos reconocidos en el artículo 23, salvo lo que, atendiendo a criterios de reciprocidad, pueda establecerse por Tratado o Ley para el derecho de sufragio activo y pasivo en las elecciones municipales."

4 comentarios:

braincrapped dijo...

Ya se está tardando mucho en suspender la autonomía en la Comunidad autónoma vasca.

José Enrique Carrero-Blanco Martínez-Hombre dijo...

Suspender la autonomía vasca, en primer lugar, constitucionalmente no es posible, sólo se le puede obligar a cumplir sus obligaciones (art. 155.1 CE), y, en segundo lugar, de poder hacerlo lo único que favorecería es que aumentase el nacionalismo allí.

Anónimo dijo...

No critiques a Fragardón, digo Gallardón, que pronto será el líder de tu partido.......

José Enrique Carrero-Blanco Martínez-Hombre dijo...

Filomeno de lo que he dicho sólo se te ocurre decir eso, que, perdona que te lo diga, esa una parida. Y que sepas, por si no te has enterado bien, y eso que no he parado de repetirme, critico a quien creo que se merece una crítica, y lo hago con toda la independencia del mundo. Una independencia que proviene de que no vivo de la política y no piensa, jamás de los jamases, vivir de la política. No sé tú, pero esta independencia hace que uno tenga la conciencia tranquila. Y, por cierto, mis criticas, a diferencia de otros, son bastante respetuosas.