viernes, 10 de diciembre de 2010

¿POR QUÉ SE PRODUJO EL CAOS AEREO?

En el caos aéreo que se produjo en el inicio del puente de la Constitución, y sin querer exculpar a los controladores aéreos, puesto que nadie tiene derecho a saltarse la ley a la torera para lograr sus objetivos o reivindicaciones, por muy justos que crean que son, el Gobierno tuvo un importante papel en el desarrollo de los acontecimientos. En efecto, desde que el 5 de agosto de este año aprobaron un Real Decreto en el que, el apartado 3 del art. 5, dispusieron que "La actividad aeronáutica anual no excederá de 1.670 horas, sin perjuicio de la posibilidad de ser incrementada con horas extraordinarias hasta un máximo de 80 horas anuales, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 35 del Texto Refundido del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo." Pero se dieron cuenta de que habían cometido un error de cálculo, y no se les ocurrió otra cosa que en el Consejo de Ministros del viernes pasado, aprobar mediante Real Decreto-Ley una disposición en la que establecía la interpretación del referido precepto. Véase la Disposición Adicional Segunda:

Actividad aeronáutica en el control del tránsito aéreo.

1. Los controladores al servicio de la entidad pública empresarial AENA, así como al servicio del resto de proveedores de servicio de tránsito aéreo, deberán ajustar su tiempo de actividad aeronáutica, descansos y turnos a lo establecido en el Real Decreto 1001/2010, de 5 de agosto. De acuerdo con lo establecido en el artículo 5 del citado Real Decreto 1001/2010, la actividad aeronáutica anual no excederá de 1.670 horas, sin perjuicio de la posibilidad de ser incrementada con horas extraordinarias hasta un máximo de 80 horas anuales. En el cómputo de este límite anual de actividad aeronáutica no se tendrán en cuenta otras actividades laborales de carácter no aeronáutico, tales como imaginarias y periodos de formación no computables como actividad aeronáutica, permisos sindicales, licencias y ausencias por incapacidad laboral. Estas actividades, al no afectar a los límites de seguridad aeronáutica, se tomarán en consideración exclusivamente a afectos laborales de conformidad con lo establecido en la disposición adicional única del Real Decreto 1001/2010.


Yo me hago las siguientes preguntas:

  1. ¿Por qué no lo hicieron en cualquiera de los otros 13 viernes que hubo desde el 3 de septiembre hasta el 26 de noviembre?
  2. ¿Son tan incompetentes como para no darse cuenta de su error de cálculo hasta el viernes día 3 de diciembre?
  3. Si son tan incompetentes como para no darse cuenta de su error hasta tan tarde, ¿por qué no esperaron para aprobar el referido Real Decreto-Ley el viernes 10 de diciembre?
  4. En fin, si como dijeron algunos miembros del Gobierno, sospechaban de las intenciones de los controladores aéreos ¿por qué el Gobierno les dio un pretexto para que se planten al inicio del puente?

Ni al que se le ocurrió asar la manteca, ni al más incompetente de la tierra, habría parido semejante dislate dándole un pretexto a los controladores, como ya sospechaban algunos miembros de nuestro Gobierno, que supuso perjudicar a centenares de miles de usuarios. Por eso, y teniendo en el Ejecutivo a Don Alfredo Pérez Rubalcaba como Vicepresidente Primero, Ministro del Interior y Portavoz, que en su persona se cumple a rajatabla la máxima de Franklin D. Roosvelt (en la política las causalidades no existen, y cuando existen están bien elaboradas), huele a que el Gobierno ha urdido un plan que no es precisamente el recortar los derechos de unos determinados trabajadores, ni tampoco garantizar un servicio público de cara a las vacaciones de Navidad.

Entonces, ¿por dónde van los tiros? Como en cualquier análisis, es necesario partir de los antecedentes. En este caso, el Gobierno, por su pésima gestión en el plano económico, está cayendo en las encuestas de tal manera que se vaticina una debacle electoral de tal magnitud que podría afectar severamente a todos los barones territoriales. Por temor a perder el poder, Zapatero optó en la última remodelación del Gobierno, en lugar de por un nuevo equipo económico, por uno decididamente político fortaleciendo su faceta propagandística colocando como Vicepresidente Primero y Portavoz a Rubalcaba.

Aún así, la brecha entre el PP y el PSOE se agrandan, por lo que no queda otra que utilizar cualquier estrategia para distraer la atención y, de paso, recuperar algo de crédito. ¿Cómo podrían actuar? Poniendo a los controladores aéreos como cabeza de turco. Sabían que éstos iban a reaccionar si se les provocaba, y si la reacción de los controladores aéreos afecta un número importante de usuarios, como los que habría en el puente de la Constitución, mejor aún. Además justificaría el colapso la adopción del Estado de Alarma, que impediría, de acuerdo con el apartado 5 del art. 116 de la Constitución, la disolución anticipada de las Cortes, como seguramente le estarían pidiendo los dirigentes y candidatos territoriales a Zapatero. Por algo el Gobierno está hablando de prorrogar el Estado de Alarma sin que exista justificación alguna.

Por cierto, en relación la medida recogida en el art. 116.2 de la Constitución, desarrollada, junto con los Estados de Excepción y Sitio en la Ley Orgánica 4/1981, que fue decretado mediante Real Decreto el 4 de diciembre de 2010, dudo mucho que se ajuste a los requisitos legales, sobre todo en lo relacionado a la situación de calamidad, porque el tenor literal del art. 4º a), que tiene que concurrir junto con el del apartado c) del mismo precepto, es el siguiente: "Catástrofes, calamidades o desgracias públicas, tales como terremotos, inundaciones , incendios urbanos y forestales o accidentes de gran magnitud." El Gobierno, en un alarde de manipulación, sólo se quedó con la parte que le convenía, con la calamidad, como si la Ley no la delimitara. En cambio si podría encajar, el Estado de Excepción, que, en su art. 13, establece las circunstancias que lo ampararían:

"Uno. Cuando el libre ejercicio de los derechos y libertades de los ciudadanos, el normal funcionamiento de las instituciones democráticas, el de los Servicios Públicos esenciales para la comunidad, o cualquier otro aspecto del orden público, resulten tan gravemente alterados que el ejercicio de las potestades ordinarias fuera insuficiente para restablecerlo y mantenerlo, el Gobierno, de acuerdo con el apartado 3 del artículo 116 de la Constitución, podrá solicitar del Congreso de los Diputados autorización para declarar el Estado de Excepción."


¿Por qué no se adoptó esta medida? Probablemente porque no depende del propio Gobierno para decretarlo, además contiene una carga política muy negativa que recordaría a tiempos pretéritos.

En fin, puede que me equivoque en el análisis, pero, desde luego, con los antecedentes del Gobierno, demostraría ingenuidad si le creyera a la vista de los hechos acaecidos.

1 comentario:

Anónimo dijo...

Fuera de tema, solo para informarte por si no lo estas, del comentario de Anson en El Imparcial. Se refiere a una carta que recibio del asesinado por ETA Sr. Mugica y en la que habla del asesinato de tu abuelo q.ee.p.d.
Un saludo. Siempre es un placer leerte.