viernes, 27 de enero de 2012

COMENTANDO ALGUNAS DE LAS MEDIDAS EXPUESTAS POR GALLARDON


Esta semana el flamante Ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, compareció en la Comisión de Justicia del Congreso para exponer las lineas generales de actuación en a su ministerio. Entre sus medidas se encuentra modificar la forma de elección de los vocales del Consejo General del Poder Judicial para evitar que la renovación se politice. Para lograr este fin, pretenden volver al sistema fijado en la Constitución consistente en que la elección de los vocales sea realizada por y entre los propios jueces y magistrados. Esta decisión, que supone cumplir con el programa electoral que presentó el PP para las elecciones generales del 20 de noviembre, me parece muy acertada ya que así se evita los vergonzosos repartos de cargos por parte de los grandes partidos, que luego dan la imagen de ser la correa de transmisión de quien les designó. Esta reforma también se pretende extender al Tribunal Constitucional, aunque me parece que precisará de una reforma constitucional por lo que no creo que se lleve a efecto.

Por otra parte, también se propuso reformar la Ley del Aborto impulsada por el anterior Gobierno, lo que me parece totalmente correcto ya que se respetaría la Sentencia del Tribunal Constitucional 53/1985 y cuyo contenido se tergiversó de manera vergonzosa por parte del PSOE. A continuación paso a citar textualmente fragmentos de la citada Sentencia:

Una de esas afirmaciones de principio es la negación del carácter absoluto de los derechos e intereses que entran en conflicto a la hora de regular la interrupción voluntaria de embarazo y, en consecuencia, el deber del legislador de «ponderar los bienes y derechos en función del supuesto planteado, tratando de armonizarlos si ello es posible o, en caso contrario, precisando las condiciones y requisitos en que podría admitirse la prevalencia de uno de ellos» (STC 53/1985)

Continua diciendo:
“La respuesta a esta cuestión ha de ser afirmativa. Por una parte, el legislador puede tomar en consideración situaciones características de conflicto que afectan de una manera específica a un ámbito determinado de prohibiciones penales. Tal es el caso de los supuestos en los cuales la vida del nasciturus, como bien constitucionalmente protegido, entra en colisión con derechos relativos a valores constitucionales de muy relevante significación, como la vida y la dignidad de la mujer, en una situación que no tiene parangón con otra alguna, dada la especial relación del feto respecto de la madre, así como la confluencia de bienes y derechos constitucionales en juego.

Se trata de graves conflictos de características singulares, que no pueden contemplarse tan sólo desde la perspectiva de los derechos de la mujer o desde la protección de la vida del nasciturus. Ni ésta puede prevalecer incondicionalmente frente a aquéllos, ni los derechos de la mujer pueden tener primacía absoluta sobre la vida del nasciturus, dado que dicha prevalencia supone la desaparición, en todo caso, de un bien no sólo constitucionalmente protegido, sino que encarna un valor central del ordenamiento constitucional.

Por ello, en la medida en que no puede afirmarse de ninguno de ellos su carácter absoluto, el intérprete constitucional se ve obligado a ponderar los bienes y derechos en función del supuesto planteado, tratando de armonizarlos si ello es posible o, en caso contrario, precisando las condiciones y requisitos en que podría admitirse la prevalencia de uno de ellos."


Entre los desaciertos se encuentra el establecimiento de una tasa judicial para los recursos. Entre otras cosas me parece, como ya denuncié con la entrada que comentaba la imposición del depósito para recurrir, establecido por las Cortes en una reforma de la LOPJ, a iniciativa del anterior Gobierno, era un engaño con el fin de querer recaudar más, no de evitar la interposición de recursos innecesarios. Porque, como dije, en las apelaciones civiles si se pierde el recurso te imponen las costas de la alzada, y su cuantía es muy superior al depósito judicial. En lo contencioso administrativo, perder un recurso de apelación ante el TSJ, por ejemplo, corres el riesgo de que tengas que pagarle al Estado, la CCAA o Ayuntamiento, las costas del proceso. Si ante esta situación no se arredran, ¿cómo lo van a hacer con un depósito de 50 €? Pues, en coherencia con lo anteriormente manifestado, la propuesta de Gallardón corre el mismo riesgo. Es una excusa para recaudar más dinero. Lo que me pregunto es si con esta nueva tasa suprimirán el depósito o se les olvidará suprimirla y cobrarán al justiciable las dos a la vez. No descarten que esto último sea así. Pero no quisiera olvidarme de algunas inexactitudes o manipulaciones mediáticas de algunos tertulianos, comentaristas y demás opinadores, y es que he escuchado defender esta tasa porque las empresas dilataban el procedimiento con continuos recursos judiciales, pero parecen desconocer que ya se les obliga a abonar las tasas judiciales, no sólo para la interposición de demandas sino para los distintos recursos judiciales que interpongan.

Y qué decir de la actitud de los socialistas en el Congreso, oponiéndose a todo, y eso que ellos se dedicaban a presumir de que iban a actuar con lealtad y van a hacer una oposición responsable. Pues ya lo veo, para empezar la tasa judicial no se diferencia mucho de su depósito para recurrir. Además hay que añadirle que ellos tuvieron la genial idea de suprimir las apelaciones civiles de cuantías no superiores a 3.000 €. ¿Quién es el primer perjudicado de todo esto? Los justiciables de pocos recursos económicos, porque son los que más van a reclamar por cuantías inferiores a esos 3.000 €. Todo esto, según ellos, para reducir la litigiosidad y, por tanto, los costes, y sin haber arbitrado algún sistema que permita un recurso extraordinario para unificación de doctrina, lo que sí ocurre con respecto de las sentencias de apelación que son suceptibles de casación en unos casos tasados, habiendo la posibilidad de interponer el recurso de casación en interés de ley. Pero lo que más temo es que acaben suprimiendo totalmente el recurso de apelación, lo que provocará una disparidad de criterios doctrinales que acentuará aún más la inseguridad jurídica. Todo esto para conseguir el tan ansiado objetivo de reducir los costes de la Administración de Justicia. Tal vez, si se hicieran bien las cosas, como unas reformas bien planificadas, sin el constante devenir de leyes, a lo mejor nos habríamos ahorrado muchísimo dinero. En fin, esto es lo que hay.

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JUSTIFICACIONES FALACES DE LA REFORMA DE LEY DEL ABORTO
EL CASO MARI LUZ, EL JUEZ TIRADOS Y LOS POLITICOS

Twitter: @josecarrerob

7 comentarios:

kielvifartas dijo...

Muy buen post, lo que confirma mi sospecha de que Gallardón es un sacaperras profesional.

Imagino que utilizará los extras de esta nueva tasa para meter algunos de sus 1200 ex-consejeros de la alcaldía.
Me uno a tu blog porque lo veo muy bueno.

Johnny dijo...

Yo creo, que Gallardón es el más político de todos los políticos del PP, sin duda (junto con feijoo) el que mas controla del tema.

Por otra parte, y en referencia a otros posts, y teniendo la suerte de hablar con un letrado, me atrevo a preguntar.....

¿Sigue existiendo justicia en este País?

¿Todos somos iguales?

Porque, quizás, gracias a mi ignorancia en el tema, me da la impresión de que se están riendo de la gente de a pie. Y que esto tiene pinta de acabar muy mal.


Y me gustaría hacer una pregunta a todos los que paran por aquí.


¿Creen en la justicia, con todo lo que estamos viendo por la tele, periódicos, radio e internet?

Busco unas palabras que me animen y que me digan que no está todo perdido, pero me da la sensación, de que vamos a peor.

Tristemente, me estoy dando cuenta, de que si leemos algo de historia, todos estos hechos se estan repitiendo, y al ver el resultado, me da miedo.


Un respetuoso saludo.

Anónimo dijo...

Gallardón, muy bien, excepto lo de la tasa para apelar.....
Torres Dulce, muy bien......
Julio Villarrubia, muy mal......

Maria dijo...

"...flamante Ministro de Justicia..."

"...totalmente correcto..."

"...de manera vergonzosa por parte del psoe..."

- Perfecto. La verdad es que coincidimos en todo.

"...Es una excusa para recaudar más dinero..."

- Si esto fuese así, no tendría sentido que tanto Zapatero como Rajoy hayan subido los impuestos (IVA, e IRPF), si ya tienen suficientes ingresos a través del sistema judicial.

Un saludo,

José Enrique Carrero-Blanco Martínez-Hombre dijo...

#Y mientras escribo# Muchas gracias por dejar tu opinión y por decidirte a seguir este blog.

#Johnny# Si nos referimos al concepto de Justicia, la metafísica, no existe en este país ni en ningún otro país por mucho que lo pongamos como ejemplo.

Todos debemos ser iguales ante la ley, esto significa que, de acuerdo con el art. 14 CE, la ley puede establecer diferenciaciones o discriminaciones, pero ha se seguir la siguiente regla: igualdad en situaciones iguales, desigualdad en situaciones desiguales.

Y, por otra parte, como bien sabrás ya que me sigues habitualmente, mi consejo es que no hagas mucho caso a los medios de comunicación, son unos expertos tergiversadores de la realidad.

#Anónimo# Muchas gracias por dejar tu opinión.

#María# Vaya sorpresa, defendiendo a Rajoy. Es verdad que no te quedaba otra puesto que tanto a PP y PSOE les acusaba de lo mismo, y como no podías caer en la esquizofrenia de criticar a unos y salvar el honor al otro, pues me sales con el débil razonamiento de que si tuvieran afán recaudatorio habrían subido el IRPF, IVA y otros impuestos. Para empezar, Zapatero subió el IVA, y volvió a recuperar el IP y Rajoy subió el IRPF y el IBI. Y como te habrás dado cuenta las reacciones a estas subidas fueron muy criticadas, así que buscan maneras alternativas de sacar dinero sin que la gente le proteste tanto buscando causas loables.

Pero yo te pregunto, realmente crees que con esa tasa se va a apelar menos. ¿Crees realmente que una persona que paga ya mucho más, a veces muchísimo más, en letrados, procuradores (a veces peritos), desplazamientos de testigos, el riesgo de la imposición de las costas judiciales, le va a frenar la obligación de pagar 50 € o 100 € que pueden suponer?

Geppetto dijo...

Esto de que la justicia cobre por interponer un recurso me parece la aberracion que colma el vaso, de esta manera solo podra ir a recurso el que cuente con posibles
Un disparate.
http://lapoliticadegeppetto.blogspot.com/

José Enrique Carrero-Blanco Martínez-Hombre dijo...

La aberración, Geppetto, no estriba en lo que sostienes puesto que si establecen que los beneficiarios de justicia gratuita está exentos, no tendrán que hacerse cargo de esa tasa, en cambio si se trata de quienes no tienen ese derecho, lo que les puede susponer por el abono de la tasa en comparación a los gastos de postulación procesal y, en algunos casos, de peritaje, no digamos ya las costas procesales en caso de desestimación total de sus pretensiones o del recurso, es sencillamente una minucia. La aberración es que lo venden como una tasa antirecursos innecesarios y lo que es más bien una fuente de financiación alternativa del Estado, como el famoso depósito judicial para recurrir, que es devuelto en caso de estimación parcial o total del recurso. Eso sin olvidar que no va a suponer una reducción de la litigiosidad.