miércoles, 23 de febrero de 2011

EL ARCHIVO DEL CASO CONTADOR

La semana pasada leí la resolución dictada por el Comité Nacional de Competición y Disciplina Deportiva de la Real Federación Española de Ciclismo que acordaba archivar el expediente abierto contra Alberto Contador, y, no es porque sea el ciclista español, pero es lo que se debía hacer, a mi entender, dada las circunstancias en que ocurrieron. Cuando saltó la noticia creí en la inocencia del corredor, sobre todo, por la poca cantidad de Clembuterol detectada en la orina.

Exacto la cantidad detectada era de 50 picogramos/ml de Clembuterol en la orina, que, según comprobé leyendo la resolución, no implicó una mejora del rendimiento. Así, según el Doctor Cortijo Gimeno, en ningún caso la cantidad encontrada de sustancia prohibida en el cuerpo del deportista pudo tener efecto anabolizante (página 19 de la resolución). Si a esto se le añade que los días anteriores al día 21 de julio, que fue el primero de las muestras que dio resultado positivo, arrojaron un resultado negativo, cabe deducir que la ingesta de la sustancia fue de manera accidental, porque nadie es tan estúpido como para correr el riesgo de que le sancionen con un año de suspensión, como mínimo, ingiriendo una sustancia dopante que en las cantidades detectadas son insuficientes como para lograr un mejor rendimiento deportivo. Lo que además ratifican, por ejemplo, el Dr. Douwe de Boer, que no encontró evidencias de autotransfusiones, o el informe del Profesor Don Giusseppe Banfi, que no observó indicios de estimulación de la sangre o manipulación de la médula osea (pag. 20). Por no mencionar el informe del Dr. Tomás Martin Jiménez, en el que se descarta la utilización de microdosis de Clembuterol para obtener beneficios terapéuticos o beneficiosos del rendimiento deportivo (pag. 21).

Constando toda esta información en el expediente sancionador, además de que la pudo haberlo ingerido por el consumo de carne contaminada, la tesis sostenida por el corredor, que, aunque improbable, no es imposible, la instructora propuso sancionar a Alberto Contador, propuesta que, como sabemos, no asumió el órgano sancionador porque entendió que el ciclista en la ingesta de la sustancia prohibida actuó de manera diligente. En efecto, el Comité, con razonamientos totalmente obvios y ejemplos muy ilustrativos, entendió que no se podía aplicar literalmente el art. 296 del RAD (página 27), porque supondría instaurar la probatio diabolica, obligando al deportista a probar "hechos no cometidos, convirtiéndola prácticamente en irrealizable por inabarcable". De ser así, llegaríamos a la situación absurda de que el deportista profesional tenga que ir acompañado por un experto analista y un laboratorio móvil a la carnicería (pág. 30) o a un restaurante con un fedatario público para que le guarde una muestra de la carne que está consumiendo. Teniendo además en cuenta que, según razona el Comité, en la Unión Europea está prohibido tratar a las cabañas ganaderas con la sustancia prohibida, siendo incluso delito en España. Y aunque se hagan controles no impide que pueda haber granjas avícolas y porcinas en los que se encuentren sustancias ilegales, como ocurrió en Alemania con la contaminación por dioxinas, que supuso la clausura de 4.700 granjas (pág. 29). Por lo que no se puede reprochar al corredor un comportamiento negligente.

Como apoyatura en sus razonamientos, el Comité trajo a colación una serie de Resoluciones del TAS (Tribunal de Arbitraje Deportivo), como la 2009/A/1930 Wada v. ITF & Richard Gasquet, de 17 de diciembre de 2009, que analizó un positivo de cocaína del jugador francés debido al beso que le dio a una señora que sí lo consumía, puesto que "...incluso en el ejercicio de la máxima cautela, el jugador no podía haber sido consciente de las consecuencias que el beso de Pamela podía tener sobre él. Era simplemente imposible que el jugador, en el ejercicio de mayor prudencia, saber que en el beso a Pamela, él podía ser contaminado con cocaína. La siguiente pregunta a esta conclusión es, pues, la siguiente, ¿es la intención del programa o del Código AMA hacer un reproche a un jugador si besa a un atractivo extraño a quién conoció esa misma noche en las circunstancias del presente caso? Esto no puede ser, obviamente, la intención de un Programa de Lucha contra el Dopaje."

No qusiera olvidar un dato, en mi opinión muy clarificador de la actuación de la UCI y AMA en este caso, puesto que, como consta en las páginas 7 y 8, se les dio a sus Comisiones Médicas y Antidopaje traslado por parte de la instructora, para que hicieran aportaciones de carácter técnico en relación con los informes aportados por el corredor. También fue requerida la Comisión Médica de la Agencia Estatal Antidopaje. Pues bien, ésta última emitió varios informes en tiempo y forma, en cambio las dos más interesadas en sancionar a Contador, no aportaron informe alguno. El primero pidió que se le prorrogase hasta el día 24 de enero por temas festivos, pero, mediante correo electrónico de ese mismo día, solicitó que se ampliara el plazo "sine die". En cuanto a la AMA, como consideró que no es de su competencia, no presentó absolutamente nada.

A la vista de todo esto, lo que me extraña es que algún dirigente de la UCI diga que puede ser que no lo recurran, pero insinúe que el Comité Nacional de Competición ha resuelto influido por motivos políticos. Esa insinuación me parece grave y una cobardía, si es que no piensan recurrir. Si tan seguros están de que deben sancionar al corredor de Pinto, que lo recurran ante el TAS.


Resolucion Archivo Caso Contador

6 comentarios:

Anónimo dijo...

Estimado Jose Enrique, me parece que te equivocas en algunos aspectos: El señor Contador no dio positivo hasta el día 21 ya que los días previos sus muestras fueron analizadas por un laboratorio distinto que no era Colonia, con lo cuál bien pudiera haber dado positivo. Se deberían analizar esas muestras de dias anteriores, con lo cual concluír de ahí que la ingesta fue por tanto accidental, me parece como poco pretencioso.
Segundo, la cantidad encontrada en el momento del análisis fueron 50pg/ml, que efectivamente no ejercen efecto anabolizante, pero yo me preguntaría por la cinética, la vida media del producto y su porcentaje excretado en orina. Son muchas publicaciones cientificas las que dicen que SOLO el 20% del Clembuterol tomado se excreta en orina y que su vida media es de 24-36 horas en el cuerpo. Si pasó un dia desde la toma del producto, el efecto anabolizante bien pudo actuar en el organismo del señor Contador horas antes de ser analizado. Yo me preguntaria si dicha sustancia tomada en microdosis tiene efecto en conjunción con otros medicamentos dopantes o no.
Tercero, es bien sabido en el mundo del deporte amateur y por tanto seguramente en el profesional...que pequeñas micro-transfusiones de 200 ml apenas si alteran los valores sanguíneos del pasaporte biológico de forma significativa, de manera que la cita "no se han encontrado indicios de transfusiones......" no permite deducir que se hubiera hecho una microtransfusión, ya que el método de detección solo detecta diferencias muy significativas.
Cuarto, no terminaré jamas de comprender por que una persona que apenas prueba la carne (segun palabras de su cocinero y de el mismo) le diera por comer carne el dia de descanso y de noche cuando a sabiendas de cualquier deportista profesional está que eso "engorda".
Un saludo y confio que haya gente que realmente ilumine este caso como se debe.

Anónimo dijo...

Ahh... y a todo esto yo tambien me preguntaría: es posible burlar un control antidoping ??? Es posible cometer un delito y que no te pillen??
La respuesta es sí... bien es conocida la hiperhidratación... beber mucha agua tras la etapa para diluir el maximo posible la orina de manera que la concentración de cualquier sustancia disminuya...

Saludos

José Enrique Carrero-Blanco Martínez-Hombre dijo...

Anónimo no pretendo ser más que nadie tal como afirmas en tu comentario, puesto que yo me baso única y exclusivamente en la resolución del expediente. Todos los datos que aporto los he sacado de la citada resolución, por ejemplo en la página 18, el Comité dice:

Que en el Laboratorio de Laussanne "se obtuvo un resultado negativo en las muestras de orina de los días 5, 12, 19 y 20 de julio de 2010, y un resultado positivo por Clembuterol, que dio lugar a la incoación del presente expediente, en los días 21 de julio de 2010 (50 pg/ml), el 22 de julio de 2010 de 2010 (16 pg/ml), 24 de julio de 2010 (7 pg/ml) y 25 de julio de 2010 (17 pg/ml) en las muestras que fueron analizadas en Colonia."

Por otra parte, obra en el expediente una cantidad de informes técnicos que yo debo de creer antes que una persona que firma de manera anónima. A lo mejor si das la cara puedo descubrir que eres una eminencia de la medicina. Pero insisto como abogado da más credibilidad a los informes médicos aportados en el expediente que las conjeturas de una persona que prefiere cuestionar la honorabilidad profesional de un deportista sin atreverse a dar la cara.

Lo que también hay que preguntarse, por qué tanto la AMA como la UCI optaron por no rebatir la contundente pericial aportada por el corredor, y eso que se les emplazó para ello.

Y, por último, dicho esto no sé quién es más presuntuoso.

El Berto dijo...

Independientemente de fondo de la cuestión (que sin duda es importante), las formas una vez más vuelven a perder a España.
Seamos claros en este país se tiene una actitud muy tibia, muy tibia frente al dopaje.

Cuando en 2009 el Comité Técnico del CIO visito Madrid para la candidatura de 2016 ya señalaba como FALLO que “la legislación española contra el dopaje cumpla con el código de la agencia Internacional contra el Dopaje (WADA)”. Hay que recordar que en 2006 (que es relativamente reciente) ya se había modificado el Código Penal.

Lo de Contador, pues una vez más reacción unánime internacional y no de cualquiera, a titulo de ejemplo:

Una primera reacción del presidente ejecutivo de la Agencia Mundial Antidopaje de Estados Unidos (USADA), Travis Tygart, introducía la esperada discordancia oficial fuera de España. Calificaba de "raro" que un deportista que responsabiliza de su positivo a una contaminación alimentaria fuera exonerado de culpa. "Muy, muy extraños hechos justificarían que alguien quedara completamente libre de culpa, tan extraño que no lo hemos visto antes, al menos aquí en los Estados Unidos", dijo el ejecutivo en palabras recogidas por la web de The New York Times. "Parecería el clásico ejemplo del zorro cuidando el gallinero. Parecería que están protegiendo a un héroe nacional".

Pero bueno nada, adoptaremos la clásica postura Española de que son envidias de los franceses u otros países y demás, eso si luego nos quejaremos cuando nos den caña y nos denieguen las cosas desde fuera.

Para empezar ZP se tenía que haber quedado calladito y la Agencia Española debería de haberse pronunciado en contra y que luego los tribunales internacionales decidieran, ahora seguramente no se recurrirá por cuestiones políticas y en cada foro internacional se usara el caso Contador para echarnos porquería encima.

Eso si nosotros felices porque son envidias y conspiraciones extranjeras y tenemos nuestro héroe.

El Berto dijo...

Mas reacciones y no de cualquiera para que ya nos vayamos olvidando de que nos den eventos deportivos y nos tomen en serio, y no son de cualquiera:

El Comité Olímpico Internacional (COI) también arremete duramente contra Contador. El Vicepresidente del COI, Thomas Bach, envío un mensaje a la UCI y a la AMA: "Espero que aclaren realmente el caso Contador con un recurso. Teniendo en cuenta las circunstancias incriminatorias del positivo, la excusa de Contador con el filete de carne no es precisamente una de las más originales. Este caso necesita una solución que no deje una sola duda al deporte mundial".

El presidente de la UCI, el irlandés Pat McQuaid, quien se ha mostrado muy crítico con la absolución del ciclista del Saxo Bank Alberto Contador: "NO ME HA SORPRENDIDO PORQUE SE TRATA DE ESPAÑA, pero es decepcionante"

En Alemania se muestran igualmente críticos y la cadena televisiva NTV-2 señala que la decisión del Comité de Competición de la RFEC es "la sentencia de muerte de la credibilidad del deporte español". "El caso Contador es una farsa".

Yo creo que la decisión NO se va a recurrir (no les interesa a otros países), se permitirá esta absolución y así el resto de países siempre podrán recordarnos “el caso contador” como ejemplo paradigmático de la política española contra el dopaje.

José Enrique Carrero-Blanco Martínez-Hombre dijo...

Bien es cierto que Zapatero y otros dirigentes políticos deberían haberse callado en este asunto, pero bien es cierto que sería tremendo que a Contador lo suspendieran por dopaje mientras que Gasquet lo absolvieron por un positivo por cocaína debido que besó a una mujer que si consumía, además si ve en la página 31 de la resolución se puede ver que a un jugador alemán de tenis de mesa, que dio positivo por Clembuterol 75 picogramos/ml, le exoneraron de responsabilidad alegando consumo de carne contaminada.

Por otra parte he pretendido con este artículo exponer los hechos y razonamientos del Comité Disciplinario.