En efecto, pese a que me habían llegado rumores o comentarios sobre que desde Tráfico están aplicando la reforma que el Gobierno central estaba promoviendo en las Cortes Generales, pero no daba crédito hasta que ayer vi en las noticias a un agente poniendo una multa de 100 € por ir su vehículo de 81 a 110 Km/h y que no se le quitaba ningún punto. Aún así me cuesta dar crédito a la que vi porque me cuesta creer que la Administración sea capaz de aplicar un proyecto de ley. Según podéis comprobar vosotros mismos el Proyecto de Ley por la que se modifica el texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobado por el Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo en materia sancionadora se encuentra actualmente en el Senado. Exactamente entró en la Cámara Alta el día 7 de julio de este año, y los meses de julio y agosto no sesionan Sus Señorías.
Pero, para colmo la Disposición final séptima del Proyecto de Ley, señala su entrada en vigor en los siguientes términos "La presente Ley entrará en vigor a los seis meses de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», salvo los artículos 9.bis 2, 59 bis, 77 y 78, que entrarán en vigor en el plazo de 1 año. Los efectos favorables para el infractor por la supresión de la sanción de suspensión y la modificación del Anexo II de la Ley, relativos a la pérdida de puntos en el permiso de conducción, tendrán lugar al día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado»." Es decir, la vacatio legis es de 6 meses, salvo los artículos 9.bis 2, 59 bis, 77 y 78 que será de un año, y al día siguiente en lo relacionado a los efectos favorables en la pérdida de puntos.
Por ser tal disparate el aplicar un proyecto de Ley, es decir que aún se encuentra tramitándose en las Cortes Generales se me hace difícil de creer que estén sancionando a la gente con 100 € por ir un Km/hora por encima de la señalada, y que, con el pronto pago, queda reducido en un 50%. Si es verdad que, desde Tráfico, han dado la orden de aplicar una Ley que no ha entrado en vigor, lo están haciendo con el único fin recaudatorio porque ¿quién va a recurrir una multa que quedaría reducido en 50 € y que no conlleva pérdida de puntos?. Pero además, estarían incurriendo en un presunto delito de prevaricación administrativa, ya que es difícil creerse que no sepan que están aplicando una Ley que no existe porque no ha sido publicada en el BOE ya que no ha sido promulgado y sancionado por el Rey, y no lo puede hacer porque las Cortes Generales no la han aprobado aún ya que está en la Cámara Alta.
Pero, para colmo la Disposición final séptima del Proyecto de Ley, señala su entrada en vigor en los siguientes términos "La presente Ley entrará en vigor a los seis meses de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», salvo los artículos 9.bis 2, 59 bis, 77 y 78, que entrarán en vigor en el plazo de 1 año. Los efectos favorables para el infractor por la supresión de la sanción de suspensión y la modificación del Anexo II de la Ley, relativos a la pérdida de puntos en el permiso de conducción, tendrán lugar al día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado»." Es decir, la vacatio legis es de 6 meses, salvo los artículos 9.bis 2, 59 bis, 77 y 78 que será de un año, y al día siguiente en lo relacionado a los efectos favorables en la pérdida de puntos.
Por ser tal disparate el aplicar un proyecto de Ley, es decir que aún se encuentra tramitándose en las Cortes Generales se me hace difícil de creer que estén sancionando a la gente con 100 € por ir un Km/hora por encima de la señalada, y que, con el pronto pago, queda reducido en un 50%. Si es verdad que, desde Tráfico, han dado la orden de aplicar una Ley que no ha entrado en vigor, lo están haciendo con el único fin recaudatorio porque ¿quién va a recurrir una multa que quedaría reducido en 50 € y que no conlleva pérdida de puntos?. Pero además, estarían incurriendo en un presunto delito de prevaricación administrativa, ya que es difícil creerse que no sepan que están aplicando una Ley que no existe porque no ha sido publicada en el BOE ya que no ha sido promulgado y sancionado por el Rey, y no lo puede hacer porque las Cortes Generales no la han aprobado aún ya que está en la Cámara Alta.
15 comentarios:
Osea, que incumplen la Ley y encima nos roban... Lo propio de un Gobierno Socialisto...
Me gustaría aclararle sobre su comentario con respecto a lo apuntado por usted: -sancionado por el Rey -, que en los meses de verano el Rey recibe al Presidente de Gobierno, y tengo constancia de que firma leyes en el Palacio de Mariven.
No obstante le recuerdo, que lo terrible es que muera una sola persona en accidente de tráfico, por un quitame allá una coma.
Si esta medida urgente, -que le repito no se si está o no aprobada- la hubiese puesto en funcionamiento el gobierno del PP, o hubiese -que puede hacerlo- planteado una proposición de Ley, yo estaría de acuerdo.
Y por último le digo que el gobierno del Sr. Aznar me caía muy bien.
Maria
Anónimo lea bien lo que digo, yo no he dicho que el Rey no firme en verano lo que he dicho es que los diputados y senadores no trabajan en verano salvo la diputación permanente.
En cuanto, al fondo de mi artículo, le puedo decir que estoy de acuerdo con que se haya llevado a la vía penal que se produzcan excesos de velocidad de 60 y 80 km/h según los casos y conducir bajo los efectos del alcohol de 0.60 miligramos por litro, lo que no me gusta es que con la excusa de la seguridad vial se financie el Estado.
Estos socialistas son la leche; hacen las leyes a su antojo sin pensar en nada más que en recaudar. Cada día estoy más segura y veo que no soy la única.
Saludos
Este año está habiendo demasiados desmanes de este tipo
Si se viera el contenido del proyecto de ley, un despropósito...
Lo curioso de verdad sería que esta gente actuase de forma correcta, eso sí me causaría gran sorpresa e incredulidad.
Quien mejor que esos millonarios a los que les cuesta muy barato ir a doscientos por hora, para financiar el Estado, que es de todos.
Lo que a unos les sobra nos beneficia a todos.
Maria
María ¿Sabes leer? Porque yo te he preguntado si es justo que pague lo mismo uno que va a 121 en autopista que a 150.
Sr. Blanco, no voy a entrarle al trapo.
Usted sabe antes de pregutar que los límites de velocidad no se sancionan todos por igual, y que existe una tabla de las sanciones que corresponden a la infracción cometida, dependiendo de la velocidad en que se sobrepasa la velocidad fijada, que por cierto dicho sea de paso, en España los límites de velocidad duran ya varias legislaturas.
Usted por su trabajo, tiene que tener polémica para sacar beneficio.
Probablemente usted no ha caído en que tanto los límites de velocidad, como las sanciones, no tienen nada que ver con el cambio que se produce al variar la tolerencia de los radares que vigilan la velocidad de los usuarios.
Maria
Sigue sin contestar a lo que le pregunto, pero esta vez recurre al tópico del abogado que busca sacar rendimiento...
Por cierto, Maria si analiza entre la ley vigente y la que se está modificando hay una serie de modificaciones sustanciales, sería bueno que usted antes de opinar se informase leyendo ambos textos. Si no sabe donde encontrar la vigente ley de tráfico lo puede encontrar en www.jurídicas.com y el proyecto de ley clickeando el enlace que puse en el artículo.
Sr. Blanco, ya le he contestado a su pregunta capciosa, diciendole que usted ya sabía antes de pregutar que los límites de velocidad no se sancionan todos por igual, y que existe una tabla de las sanciones que corresponden a la infracción cometida, dependiendo de la velocidad en que se sobrepasa la velocidad fijada.
No me importa repetirselo.
Maria.
No, no me ha contestado, porque mi pregunta es si le parece justo que se castigue igual un exceso de 1 km/h que de uno de 25 km/h. Y, por cierto, la tabla de sanciones que menciona no está vigente, la ley actual castiga los excesos de velocidad con una multa de 91 a 300 €, siempre y cuando no se sobrepasase en un 50% la velocidad señalada, pero había que atenerse a una serie de circunstancias para graduar la sanción, como la velocidad, la reincidencia, el peligro causado. Actualmente, en la práctica, existe un margen de un 10 % de exceso de velocidad. ¿Por qué cree que le remití a la ley vigente para que la comparase con el proyecto de ley?
Tráfico deberá seguir respetando los márgenes de error en los excesos de velocidad
Los grupos negocian en el Senado una enmienda para que no se multe desde el primer kilómetro por hora
Los grupos parlamentarios están de acuerdo en introducir un párrafo en la nueva Ley de Seguridad Vial, que actualmente se está tramitando en el Senado, para dejar claro que se tendrán en cuenta los márgenes de error de los radares a la hora de multar por los excesos de velocidad de los conductores. Así lo adelantó este mediodía el diputado de CiU Jordi Jané a preguntas de los periodistas durante una rueda de prensa junto al fiscal de Seguridad Vial, Bartolomé Vargas, y el director general de Tráfico, Pere Navarro, poco antes de la clausura de unas jornadas sobre El espacio europeo de Seguridad Vial.
La Ley de Seguridad Vial en vigor no contempla ninguna tabla de velocidades. Era conocido que los radares fijos que la Dirección General de Tráfico tiene en la carreteras contemplaban un margen de error del 10%. Es decir, que los conductores circulan tranquilamente por autopistas y autovías hasta a 132 por hora. Con la redacción de la nueva ley se incluyó una tabla de sanciones y velocidades. Con esa tabla en la mano, los conductores podían ser multados desde el primer kilómetro de exceso de velocidad. Claro que ahora ya hay algunas administraciones locales que no repetan ese 10% y en zonas limitadas a 90 multan casi desde el primer kilómetro.
El pasado mes de julio, el director general de Tráfico, Pere Navarro, contestaba así a una pregunta de EL PAÍS:
P.¿Se va a multar a partir del primer kilómetro de exceso de velocidad?
R. La tabla de velocidades anterior no estaba en ninguna ley, era de uso interno. Nosotros seguiremos aplicando todos los márgenes que la prudencia y el sentido común nos da. Vamos a seguir haciendo lo mismo. Desde la Dirección de Tráfico, en fin, que haya una cierta inquietud porque la gente piense que se va a multar a 121 por hora en autovías y autopistas pues no nos parece mal.
Ahora, con un nuevo párrafo, el Senado quiere dejar claro que se deberán respetar los márgenes de error (normalmente un 10% si se tiene en cuenta el del radar y el del marcador de velocidad del vehículo). Ante la ambigüedad que planteaba la nueva tabla se podría dar la situación de que cada administración hiciera lo que buenamente considerara conveniente respecto a los márgenes de error.
María.
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