viernes, 21 de agosto de 2009

LA NUEVA LEY DE TRAFICO: BREVE ANALISIS

Hace unos meses el Congreso de los Diputados aprobaba en sesión plenaria el Proyecto de Ley de Tráfico, actualmente dicho Proyecto de Ley sigue su curso parlamentario en el Senado, cuya entrada data del 7 de julio de 2009, como cualquiera puede comprobar si entra en la página web del Congreso de los Diputados. Por supuesto, dado que las Cortes Generales no sesionan, la reforma legal aún no ha sido aprobada, aunque probablemente antes de que empiece el nuevo año 2010 esté publicada en el BOE. No obstante, su entrada en vigor, salvo enmienda del Senado, como establece la disposición adicional séptima, será para la inmensa mayoría de sus disposiciones en el plazo de 6 meses desde su publicación en el BOE, salvo para cuatro artículos que será de un año y al día siguiente para los efectos favorables para el infractor en lo relativo a la supresión de la suspensión del permiso de circulación y en la pérdida de puntos.

De la lectura del Proyecto de Ley, y comparándolo con la redacción vigente, se desprende una serie cambios importantes, como es la introducción de un anexo IV en el que se incorpora un cuadro de sanciones y puntos por exceso de velocidad y una modificación en el procedimiento sancionador. En cuanto al nuevo cuadro de sanciones, se puede calificar de un disparate por desproporcionado e injusto con el aliciente de generar inseguridad al conductor que va a estar más pendiente de la velocidad del coche que de la carretera. ¿Por qué digo esto? Por la sencilla razón de que a partir del primer kilómetro por hora de exceso de lo señalado puede ser sancionado por la autoridad con una multa de 100 € ya que señala el cuadro esta sanción para los que, por ejemplo, vayan de 81 a 110 km/h cuando el máximo de velocidad sea de 80. Por un lado es injusto y desproporcionado que puedan imponer sanciones por el mero hecho de sobrepasarte un kilómetro por hora, porque, en primer lugar, lo importante es atender a la carretera no al velocímetro del vehículo y, en segundo lugar, es mucho más grave el exceso de 29 km/h que de 5 km/h como para que tengan el mismo tratamiento. También es verdad que con la ley vigente técnicamente se podría castigar cualquier exceso de velocidad, pero en la práctica no se sanciona los excesos de velocidad razonables, al menos hasta un 10 % de la velocidad máxima señalada, o al menos no conozco ningún caso.

Por otro lado, el segundo punto importante de la reforma, el procedimiento sancionador, implica una importante restricción de derechos con respecto a la actual Ley. Me explico: ahora con el prontopago se reducía un 30% de la sanción e implicaba renunciar a hacer alegaciones en el procedimiento sancionador y, por lo tanto, su finalización, salvo que procediese la suspensión del permiso de circulación, dejando a salvo la posibilidad de utilizar los recursos en vía administrativa. Cuando se apruebe y entre en vigor la nueva reforma, el prontopago es del 50 % pero con un cierre completo de la vía administrativa, dejando a salvo sólo el recurso contencioso administrativo, con lo que conlleva de gastos procesales si se quiere recurrir la sanción. Eso sí, con el prontopago, siempre y cuando no implique pérdida de puntos, no computará como antecedente en el Registro de Conductores e Infractores. Así, de esta manera, se genera un agravio comparativo al tener la misma sanción un primer infractor que uno que es habitual de los radares.

A modo de conclusión, esta reforma sólo tiene un fin claramente recaudatorio por mucho que digan que es por la seguridad vial. Es más por la voracidad recaudadora de la Administración van a ocasionar más accidentes, porque si queremos librarnos de ser sancionados habrá que poner más la atención a la consola del coche que a lo que es más importante, la carretera. Además, por excederse razonablemente en la velocidad no se causa accidentes.

Publicado en La Nueva España el 13 de septiembre de 2009

6 comentarios:

iskander dijo...

A ver, porque yo hay cosas que no me explico del todo. La policía es preventiva no represiva, de tal manera que debería existir una prevención y no una sanción inmediata. ¿Cómo se hace esa prevención? Pues limitadores en los coches, nadie se piensa comprar un coche que alcance los 250 km/h para circular a 100, iriamos todos tan ricamente en el panda.
Pero por ejemplo, si yo voy a 190 km/h por una autopista y me saca la foto el radar. Es sanción o delito o lo que sea, el caso es que yo puedo seguir circulando hasta mi destino porque no hay manera de detenerme, a menos que me cruce con la patrulla. Esto me dice que es recaudatorio no preventivo y esto me indica que los radares son culpables de accidentes en las carreteras secundarias que muchas veces escogemos para evitar las máquinas.
Las leyes se hacen para el bien de la sociedad no para el de las arcas, ni deben servir para tapar agujeros de malos gestores.
Por ciero ya tenemos el decretazo de la ley de TDT.

Giovanni Palma dijo...

El afán recaudatorio se pone aún más de manifiesto cuando instalas un radar fijo en un recta bien pavimentada y con una única intersección por donde entran más cabras que coches para que nadie llegue a 51 km/h, sabiendo que vienes como mínimo a 80 o 90 km/h y apenas hay tiempo para frenar. Para más inri tal radar, presente en mi isla, está escondido en un cambio de rasante y ha resultado ser uno de los más rentables de España.

Respecto al contenido del post en sí, tengo una pregunta. Actualmente, los controles por radar sean fijos o móviles deben estar señalizados. Lamentablemente, en la realidad muchos controles móviles no lo están con lo que luego hay que interponer el recurso pertinente para que no se haga efectiva la sanción. Según la nueva legislación, alguien que se asuste en el momento y opte por el prontopago sin percatarse de que el control era ilegal, ¿pierde la facultad de defenderse en la vía administrativa?

José Enrique Carrero-Blanco Martínez-Hombre dijo...

#iskander# si se pusieran limitaciones de velocidad en el coche o que sólo se pudiera adquirir coches poco potentes, el Estado dejaría de ingresar dinero en tanto en cuenta los coches con poca potencia tributan menos. Por ejemplo, mi coche paga muy poco en concepto de viñeta.

Lo de la TDT no me hables que ya han tenido que cambiar la legislación ad hoc para favorecer a sus amigotes. Y luego están para dar lecciones de moral.

#giovanni palma# En la nacional 634 no ponen radares, si acaso un coche patrulla, y hay zonas en donde son muy peligrosas y que han señalizado como tramo de concentración de accidentes. En cambio, en autovías, donde puedes ir a más velocidad sin riesgos, salvo que haya tráfico, es donde colocan los radares.

Y eso de reducir la velocidad en poco tiempo es otra de las cosas sorprendentes.

En cuanto a los radares, creo, no estoy seguro, que sólo los fijos tienen que estar señalizados. Aunque tendría que mirar la normativa.

Pero cualquiera que se acoja al prontopago, y aunque la sanción sea injusta, sólo le queda la vía de lo contencioso administrativo.

José Luis de Valero dijo...

Hola de nuevo, mi querido amigo.

Tras las vacaciones te notifico que he reabierto todos mis blogs y añadido otro: SUBMARINO TV-67 http://devalero-submarinotv-67.blogspot.com/?zx=4674b713c158e254

También he reabierto mi blog LOBOS HISPANOS.

Comienzo la ofensiva. Un nuevo post con la foto de un nuevo asesino de menores protegido por la ¿Justicia?, también está en el aire en LOBOS HISPANOS:

http://loboshispanos-devalero.blogspot.com/

Saludos cordiales

El Berto dijo...

Lo cierto es que el sucesivo endurecimiento (también recaudatorio) de la normativa de tráfico es lo que ha logrado reducir el número de fallecidos y eso hay que reconocerlo.

Los Españoles a diferencia de otros países, no tenemos una voluntad de concienciarnos, en este país está bien visto el que defrauda a hacienda, o el que le mete al pedal, y más que preocuparnos por la seguridad vial nos buscamos la vida intentado localizar los radares para una vez pasados meterle al acelerador.

Por ejemplo parece LÓGICO y de sentido común ponerse el cinturón, y aun así todavía a día de hoy fallece la gente por ello (me refiero a quienes salen despedidos del coche), eso si es ver un coche de la benemérita y ya rápido la gente se lo pone.

José Enrique Carrero-Blanco Martínez-Hombre dijo...

#El berto# Yo defiendo las medidas que reduzcan la siniestralidad en las carreteras, pero lo que no entiendo es que Tráfico se convierta en un órgano recaudatorio. No entiendo la nueva reforma de la Ley de tráfico más que para hacer caja.