En efecto, para que cualquier ciudadano pueda ser defendido de la mejor manera es imprescindible que exista confianza entre el cliente y su abogado y para ello sea posible ha de existir la seguridad, la certeza, de que todo lo que le cuente al letrado que le asista quede enmarcado en la más profunda confidencialidad. De lo contrario, es imposible para cualquier profesional llevar a cabo una defensa con garantía. Y así lo entiende el Tribunal Supremo que, en Sentencia de 3 de julio de 2008, la Constitución "garantiza, en su art. 24.2 , el derecho de defensa. Y éste implica la certeza en el asistido por el Letrado de que lo que le comunique en el contexto de la confidencialidad profesional nunca podrá ser utilizado en su contra. De otra suerte la confianza en el Letrado sería inexistente. Y sin confianza no hay defensa posible".
Pero para que se mantenga esta confianza, no basta con que los abogados tengamos la obligación de guardar el secreto profesional, y que, de no cumplir con ello, nos sancionarían con la suspensión de hasta dos años del ejercicio profesional (art. 94 en relación con el 91.g de los Estatutos del Ilustre Colegio de Abogados de Oviedo), sino que también el cliente sepa que ninguna de las conversaciones mantenidas en este marco de confidencialidad sean conocidas por nadie, ni siquiera en el ámbito de una investigación criminal a través de la intervención telefónica ordenada por un juez. Es más, la Ley Orgánica General Penitenciaria se hace eco en su articulado de la importancia de lo que manifiesto, ya que en su art. 51.2 se garantiza la confidencialidad con el abogado salvo orden judicial y en supuestos de terrorismo. Aunque el sectarismo político pueda llevar a interpretar la conjunción copulativa con la disyuntiva.
Lo que me congratula es que en esto no estoy solo, ya que, cuando estaba redactando estas líneas, el Consejo General de la Abogacía Española, que nos representa a todos los abogados españoles sin distinguir a nadie por su ideología, emitió un comunicado la semana pasada denunciando la vulneración de la confidencialidad abogado cliente en el marco de la investigación en curso del caso Gürtel realizada por el Juez estrella Baltasar Garzón. ¡Quién si no iba a saltarse a la torera la Ley para conseguir aparecer en portada de los periódicos!
Por cierto, en un foro de Internet en el que participaba, colgué el comunicado del CGAE y resultó curioso cómo se delataban los que se dedicaban a criticar al PP por el caso Gürtel, ya que obviaron por completo el contenido de la denuncia y se centraron en la descalificación del comunicado y del mensajero, lo que demuestra es que lo único que les importa es machacar al rival político no defender la justicia y honorabilidad en el ejercicio de la función pública. Triste, pero cierto.