No hay cosa que más tema como abogado que a un político cuando se le mete entre ceja y ceja la necesidad de cambiar una ley, sobre todo el Código Penal. Y mi temor es por lo que acaba publicándose en el BOE, que en muchas ocasiones no tiene pies ni cabeza. Eso sin contar con la alta posibilidad de generar más problemas que soluciones, como ha sucedido con la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de
Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, que no sólo no ha conseguido reducir el número de mujeres asesinadas (este año ya llevamos 13), sino que además ha generado más problemas. Pero bueno, sobre la Ley de violencia de género ya lo he tratado en otras ocasiones.
Ahora, en esta senda populista, a nuestros políticos gobernantes se les ha metido la idea en la cabeza la necesidad de modificar el Código Penal para que "el sí sea sí". Repitiéndolo una y otra vez como un mantra, haciendo creer a los ciudadanos, como si fueran estúpidos, que actualmente el tener relaciones sexuales sin consentimiento no tiene castigo. Y aquí tenemos dos ejemplos de lo que digo. La primera Adriana Lastra, la cual carece de estudios superiores, y su vida profesional ha estado íntimamente ligada al PSOE, amén de bloquear en Twitter a personas que discrepan de ella, lo que demuestra lo poco que le gusta la democracia, dijo lo que consta en el tuit de su partido, al que yo contesté:
La otra es la flamante Ministra de Igualdad, Irene Montero, que, además de no tener formación jurídica, su gran mérito, como todos sabemos, para ser nombrada Ministra es ser la pareja del Vicepresidente Segundo del Gobierno, Pablo Iglesias, que también insistió en el mismo mensaje, y al que también le di respuesta. Por cierto, famosa la polémica que generó al inventarse que la Policía y Guardia Civil preguntan a las denunciantes cómo iban vestidas.
Pues bien, a día de hoy, y tal como está redactado el vigente Código Penal, no es necesario reforma alguna para que un si sea un si, ya que, como bien podrían haberse informado ellas mismas si entrasen en Google y tecleasen "Código Penal" o que sus asesores se lo pudieran decir, los delitos de acoso, abuso y agresión sexual están incluidos en el Título VIII titulado "Delitos contra la libertad e indemnidad sexuales". Ya cuando te menciona que es un delito contra la libertad sexual se puede intuir que se cometen estos delitos cuando es contra la voluntad de la víctima. Cosa que se confirma cuando lees el artículo 178 (agresión sexual): "El que atentare contra la libertad sexual de otra persona, utilizando violencia o intimidación..."; artículo 181 (abusos sexuales): "El que, sin violencia o intimidación y sin que medie consentimiento, realizare actos que atenten contra la libertad o indemnidad sexual de otra persona..." No hace falta ser un jurista de reconocido prestigio para concluir que estos delitos se cometen cuando la víctima no quiere.
Por eso, y dado que dudo mucho que la reforma se limite a reproducir lo que ya consta, acabarán incluyendo alguna "genialidad", si lo llegan a aprobar, que acabe vulnerando un derecho fundamental como el de presunción de inocencia (art. 24 de la Constitución y art. 6 del Convenio Europeo de Derechos Humanos), que exija, por ejemplo, al denunciado a demostrar que la denunciante ha consentido en todo momento. Lo cual, salvo que grabase íntegramente el acto, lo hiciera ante Notario o ante testigos, como se hacía antiguamente para certificar que el matrimonio se había consumado, tendría una condena asegurada. Aunque acabaría algún caso en el Tribunal Constitucional declarándolo inconstitucional, y ya no digamos que llegue al Tribunal Europeo de Derechos Humanos, para dejarnos otra vez más en evidencia.
Sólo desearía que, algún día de estos, impere la cordura de una vez por todas en nuestra clase política, y antes de ponerse a legislar a lo loco, consulten a expertos y a profesionales de la materia. Lo mismo que estoy pidiendo con un tema tan serio y grave como el de la violencia de género. Aunque, dicho sea de paso, me temo que quedará mi gozo en un pozo.
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