viernes, 14 de septiembre de 2018

ANALISIS DE LA MEDIDAS CONTRA LA VIOLENCIA DE GENERO: FRACASO ABSOLUTO. PRIMERA PARTE.

La violencia de género es un asunto que es muy preocupante. Algo que se debería erradicar de nuestra sociedad de una vez por toda. Un problema que sigue estando muy presente en nuestra sociedad, sobre todo en la zona rural, que es donde ejerzo mis funciones como abogado del turno especial de Violencia de Género desde el año 2012 en el Oriente de Asturias,  asistiendo a 15 mujeres desde entonces (9 de ellas obtuvieron una orden de protección, 1 ya lo tenía e incluso el sistema reconoció riesgo extremo; 2 acabaron retirando sus denuncias, de las que 1 tenía orden de protección y contra consejo mío por presión de su propia familia; y cuatro fueron archivadas sin mediar renuncia, una de ellas porque la denunciante no acudió al Forense para lo que fue citado en dos ocasiones). Además de los casos que he llevado por el turno especial, también he estado presente en casos de Violencia de Género debido a que también estoy adscrito al turno de oficio de penal. Todo ello sin olvidar lo que otros compañeros de profesión comentan.

Todo  este bagaje profesional que tengo, me ha llevado siempre a cuestionar la efectividad de las medidas que se aprobaron en la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de medidas de protección integral contra la violencia de género. Es más, esta ley no sólo no ha servido para solucionar el problema sino, en muchos casos, crear más problemas. Ha sido un inútil intento de solucionarlos a base de cañonazos, aprobándolo desde la atalaya sin consultar a los profesionales que conocemos la realidad a pie de calle. El problema de la violencia de género no se va a solucionar si nos basamos en exclusiva en datos estadísticos y menos cocinándolos. Pero si analizamos fríamente las estadísticas, que es lo que gusta a nuestros políticos tenemos que desde que se aprobara la citada ley no ha servido para reducir la tasa de asesinatos u homicidios en el ámbito de la violencia de género.



La primera tabla (la segunda tabla es el gráfico de los datos anteriores), se puede ver que, desde 1999 a 2002 hubo un promedio de 55 mujeres muertas a manos de sus parejas. Bien es cierto que, en 2003 y 2004 hubo un importante repunte a 71 y 72 respectivamente. Pero si analizamos desde 2005 (entró en vigor toda la ley a lo seis meses), el promedio se eleva a 60 al año. Si añadimos las 57 que perdieron su vida en 2017 pues se mantendría ese mismo promedio. Es más, si contamos el período comprendido entre 1999 y 2004, el promedio sería el mismo: 60 al año. ¿Ha habido alguna mejora? Pues no. ¿Oirán a nuestros dirigentes políticos reconocer que se han equivocado? Tampoco. La solución tirar para adelante y seguir aplicando las mismas recetas equivocadas. 



A día de hoy, como llevo diciendo de manera reiterada, tal y como está configurada la legislación ha servido para judicializar la vida familiar, llegando a los Juzgados peleas entre hermanos que acaban con uno con orden de protección con respecto al otro. Es decir, lo que ocurría entre mis hermanos y  yo y quedaba en nada, ahora mismo sería delito en el ámbito familiar (art. 153.2 del Código Penal) siempre y cuando compartan domicilio. Los cachetes que mi madre me daba, y con merecimiento, ahora mismo es delito de maltrato en el ámbito familiar (el art. 153.2 citado). Y ya vimos en la prensa casos de madres condenadas por castigar a sus hijos con un cachete, incluso el Magistrado del Juzgado de lo Penal 4 de Oviedo tuvo que condenar a una madre aunque recomendó su indulto. Una pelea en una pareja si los dos llegan se golpean recíprocamente, uno castigado de 6 meses a 1 año de prisión y la otra de 3 meses a 1 año (art. 153.2 en el primer caso y el 153.1 en el segundo). En cambio, las mujeres que realmente son maltratadas por sus parejas, quedan completamente abandonadas por falta de medios materiales y  personales, además de falta de apoyo. Y todo porque se detraen importantísimos recursos en cuestiones que deberían resolverse en el ámbito privado. Se gasta mucho en Juzgados especializados en las ciudades pero en la zona rural, donde el machismo sigue campando a sus anchas, un juzgado mixto. En las ciudades hay un Servicio de Atención a la Familia en la Policía Nacional, pero en la zona rural no lo hay. No hay patrullas suficientes y hay demasiado territorio que tienen que cubrir los agentes. Pueden tardar incluso más de media hora en atender un aviso de un quebrantamiento. En definitiva, mucho ruido y pocas nueces.

En otra entrada ya entraré a analizar más a fondo el Real Decreto Ley que el Gobierno se ha sacado de la manga o un fenómeno que estoy viendo que se está reproduciendo mucho que es que los agresores se acaban suicidando después de acabar con la vida de la pareja, que, en este tema, hay mucha tela que cortar y analizarlo con más objetividad.

Twitter: @josecarrerob
Facebook profesional: Carrero-Blanco abogado.

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