miércoles, 6 de marzo de 2013

¿QUIEN PAGA LOS PLATOS ROTOS?

No sólo la corrupción afecta de manera negativa la imagen de un país, de una región o de un municipio, sino el mal funcionamiento de sus Administraciones sin tener que llegar a los extremos de la comisión de un delito. En efecto, las personas foráneas que quieren invertir su dinero en un determinado lugar o, incluso, desee cambiar su residencia, si no saben con seguridad a qué normas legales acogerse, si tardan en exceso en concederle los permisos, o no sabe bien qué criterios tienen, infundiéndoles temor a que puedan perder mucho dinero de manera innecesaria, les animará, de manera consecuente, a desistir de sus iniciales pretensiones, además de hacer una publicidad negativa a sus conciudadanos.

El mal funcionamiento de las Administraciones Públicas debe erradicarse de manera inmediata, así evitamos hacer perder tiempo y dinero a los ciudadanos. Por ejemplo, cuando estaba aprendiendo mi oficio en el despacho de Lugones, tuvimos la oportunidad de comprobar cómo los funcionarios del Ayuntamiento de Oviedo no sabían tramitar conforme a la ley un procedimiento administrativo. Un buen día llegó un Decreto dictado por el Concejal de Medio Ambiente obligando al cliente a abonar el coste de limpieza de unos vertidos. Como primera noticia, no está mal. Eso sí, a los funcionarios de la concejalía se les olvidó dar siquiera el trámite preceptivo de alegaciones. Esa omisión implica la nulidad de pleno derecho. Como era obvio se presentó el recurso potestativo de reposición, al cual no sólo no contestaron sino que decidieron, de manera inexplicable, incoar expediente sancionador. Y en este expediente sancionador, que tampoco supieron tramitar, porque, si lo anterior era un error por defecto, ahora lo cometen por exceso, dando por duplicado el mismo trámite de alegaciones.

En la concejalía de tráfico tampoco es que andasen mucho mejor. El trámite de audiencia no sabían ni lo que es. ¿Por qué digo esto? Por la cantidad de sentencias Tribunal Superior de Justicia de Asturias, anulando las multas impuestas por el Ayuntamiento de Oviedo por defecto de forma. Me quedé perplejo al encontrarme cantidad de Sentencias en las bases de datos anulando sanciones impuestas por el Ayuntamiento de la capital asturiana. No olvidemos tampoco qué es lo que sucedió con el affaire Palacete de Villa Magdalena y su continuación con la empresa COMAMSA, y lo que ha supuesto para las arcas municipales.

Por desgracia, sobre todo, por lo que he podido ver recientemente, el Ayuntamiento de Piloña dista mucho de ser una Administración Pública ejemplar en su funcionamiento. Echando un vistazo a cualquier expediente administrativo y te encuentras algún error. Aunque los peores son los que pueden suponer un coste a las arcas municipales, que huelga decir no pasa precisamente por su su mejor momento, como así no cesa de repetirlo la propia Alcaldesa. Como ejemplo de lo que afirmo tenemos que no se concede debidamente los trámites de audiencia al interesado, cuando es preceptivo legalmente concederlo, debiendo practicarse antes de dictar cualquier resolución. Pero si es pero si es omitido o dispuesto a la vez que notifican una resolución que pone fin a la vía administrativa, el interesado logrará, como así viene recogiendo la jurisprudencia, la nulidad de lo actuado. ¿Y quién paga los platos rotos? Pues, como va a ocurrir en Llanes, como consecuencia de la nulidad del último Plan General de Ordenación Urbana, será el contribuyente, que es quien tendrá que soportar la subida de los impuestos y tasas municipales y/o bajada de la prestación de los servicios.

Con el tema de la subestación de Esteli, y la polémica que ha surgido, me voy a limitar a hacer unos breves apuntes. En primer lugar, cuando un interesado pide copia completa del expediente, se le ha de dar la copia completa del expediente, salvo que existe motivos para su denegación, para lo cual el art. 37.4 de la Ley de Régimen Jurídico y Procedimiento Administrativo Común, ordena al órgano competente a dictar resolución motivada. Y cuando dice la ley que ha de ser motivada implica que el interesado pueda conocer los motivos reales, aunque sea de manera sucinta, de la Administración sobre la cual ha dictado una determinada resolución. El ciudadano no tiene por qué adivinar las intenciones del funcionario. Posteriormente, con apoyo de un informe de la Secretaria, la Alcaldía inadmitió el recurso presentado por Jorge Muntadas, excediéndose en sus funciones. ¿Por qué afirmo que se ha excedido en sus funciones? Porque ningún Alcalde puede entrar a resolver el fondo de la cuestión planteada cuando se trata de un recurso de reposición de una decisión plenaria, salvo que medie delegación por parte del propio Pleno, algo que no concurre en este caso. Se tenía que haber limitado a inadmitir a trámite el recurso bajo los únicos criterios procesales correspondientes, como lo afirmado en su primer fundamento de derecho, en el que se aducía que la decisión plenaria recurrida sólo lo es ante los órganos jurisdiccionales. Con eso habría sido más que suficiente. Pero no se conformó con eso, sino que incluso se esgrimió el hecho de que se interpuso antes de la apertura del plazo de impugnación. Con todo el respeto a la Secretaria del Ayuntamiento pero esto es un disparate, puesto que la apertura del plazo de impugnación, como lo es la fecha de notificación de las resoluciones, sirve para establecer el dies a quo a partir del cual empieza a contar el plazo señalado por la ley para realizar alegaciones o interponer recursos. Pasado el último día de ese plazo, precluye la posibilidad de que se tengan por efectuadas las alegaciones, así como de recurrir una resolución. Pero nunca jamás me ha sucedido, y no he tenido conocimiento de otro precedente similar en cualquier otra Administración o Juzgado. Por algo será que no se hizo referencia normativa en la resolución.

Por cierto, quisiera aprovechar estas líneas, para denunciar la actitud que han tenido tanto Laura Gutiérrez Naredo como José Antonio Cuevas en la reunión que mantuvieron con Jorge Muntadas y otras dos vecinas, a la que asistí por petición expresa de mi cliente, por no olvidar de lo sucedido en la reunión de la Junta Vecinal de San Juan de Berbio. Podría pasar las pocas ganas que tuvieron de querer llegar a una solución amistosa con los interesados, dando muestras claras de que les molestaba mi presencia o acudiendo, como quien dice, en paños menores, al limitarse a repetir las mismas consignas; pero lo que me parece más grave es que, cuando se les enseñó sobre el plano que había viviendas a unos 11 metros del tendido eléctrico (según afirmó Alejandro Cantora en el Pleno de 29 de noviembre de 2012 ninguna vivienda iba a estar a menos de 125 metros), en lugar de mostrar interés porque eso supone que se cometieron errores muy graves, pasó olímpicamente, bajo la premisa de que lo importante es el desarrollo del concejo a cualquier costa. Pero el Sr. Cuevas no se quedó ahí, sino que tuvo la osadía de llamar mentiroso a un vecino que acudió a la reunión de la Junta Vecinal. Y digo bien que fue osado porque hay que serlo cuando se va a una reunión sin tener ni idea de lo que se habla, a parte de ser una indecencia en quien ostenta responsabilidades de gobierno. Por eso, si tuviera algo de dignidad, habría presentado su dimisión hace ya tiempo. En mi opinión, personajes como estos, hacen un daño terrible a la Alcaldesa.

En fin, dando por cerrada la mención a ciertos miembros del equipo de gobierno, quisiera recalcar que lo que he venido a denunciar en este escrito, es a los únicos fines de realizar una crítica constructiva con el fin de mejorar los servicios que presta el Ayuntamiento. Creo que a nadie, con sentido común, le debería ofender porque errar es de humanos, y yo soy el primero que los comete. No me importa reconocerlo, y agradezco las críticas sinceras que me puedan hacer, porque tengo la ambición de mejorar día a día. 

Publicado en la edición de febrero de la publicación mensual de LA CRONICA DE PILOÑA


2 comentarios:

Geppetto dijo...

Mientras España tenga 20 Gobiernos y 17 administraciones no levantaremos cabeza.
Este invento es pura basura.
O España vuelve a su ser tradicional o se disuelve entre robos, canallas y mugre
http://lapoliticadegeppetto.blogspot.com.es

José Enrique Carrero-Blanco Martínez-Hombre dijo...

Primero, esto que denuncio no tiene nada que ver con las CCAA sino con el funcionamiento de los entes locales.

Segundo, lo tradicional en España es la confederación de reinos, y fue así hasta Felipe V cuando se cargó los fueros de la Corona de Aragón y en el S.XIX cuando acabaron con los privilegios de las diputaciones forales vascas y navarra.