martes, 31 de enero de 2012

CASCOS CONVOCA ELECCIONES PARA EL 25 DE MARZO

El decreto de disolución de la Junta General

El Presidente del Principado de Asturias, Francisco Álvarez-Cascos, nos ha obsequiado con una lección magistral de estrategia convocando las elecciones autonómicas a los pocos meses de tomar posesión del cargo para el 25 de marzo. Todo un plan bien diseñado para lograr la mayoría que precisa. No lo sé si lo logrará, pero el mejor momento para conseguirlo es ahora, por los motivos que a continuación expondré.

En primer lugar, no seamos ingenuos pensando que Cascos es el salvador de la patria asturiana ni el adalid de la renovación de la clase política asturiana. Todos sabemos cómo es el personaje. Su trayectoria política le delata. Recordemos que más que Secretario General del Partido Popular fue el General Secretario, la mano dura del PP de Aznar, que controló que no hubiera ninguna fisura en el partido. Además, en el escenario asturiano, fue uno de los responsables de la ruptura del partido asturiano, y, sobre todo, fue el que dio el visto bueno a que Ovidio Sánchez fuera el Presidente del Partido durante tanto tiempo, así como fue uno de los que consintió que se presentara tantas veces como candidato a la Presidencia del Principado. Intentó sabotear al PP de Gijón sin dar la cara, siempre elegía a uno de los suyos para enfrentarse contra Pilar Fernández Pardo, la que, por cierto, acabó respaldando la investidura de Carmen Moriyón. Él, en resumidas cuentas, tiene buena parte de la culpa de la situación que padece el partido, por mucho que ahora venga denunciando el comportamiento de los populares asturianos.

Por eso, como buen animal político que es, y nadie debería menospreciarle, y, ante una situación que él no se esperaba como eran los resultados electorales del 22 de mayo, decidió actuar. Insisto en sus objetivos estaba lograr más diputados de los que realmente logró, pensaba aglutinar buena parte de los votos del PP, aparte de los descontentos del PSOE. Pero como no pudo lograr los 23 diputados deseados, y ante su poca propensión a llegar a acuerdos con nadie, ha optado por dos vías para lograrlo, la primera, la diferida a largo plazo, fue fallida. Él pretendió que Javier Fernández se postulase como candidato y así salir investido con la suma de los votos de IU y la abstención del PP. Así, echarle la culpa a los populares de no gobernar, lo que supondría un coste electoral enorme para sus antiguos compañeros. También los socialistas se verían perjudicados porque no tendría la mayoría suficiente para gobernar, y a lo mejor también se vería avocado a unas elecciones anticipadas. Pero los socialistas no cayeron en la trampa, decidieron aplicar la táctica de “que se cuezan en su propia salsa. versión 2”, y esperar a que la derecha asturiana se despelleje así misma, así volver como héroes en 2015. A los populares tampoco les interesaba este escenario por lo que dejaron bien claro que, si se hubiera presentado Javier Fernández, apoyarían a Cascos para evitar que los socialistas gobernase.

La segunda opción era, la que ha llevado a cabo, anticipar las elecciones. Se dedicó a buscar las cosquillas al PP en todo lo que pudo y lanzando todo tipo de trampas, en la que, como he dicho en otras ocasiones, cayeron como pardillos. Empezando por asumir la Presidencia de la Junta General con los votos del PSOE; no apoyar la investidura de los candidatos de Foro más votados, que, salvo en Siero, la instrucción del Comité Ejecutivo regional del PP fue desobedecida; empezar a criticar al nuevo Gobierno de Foro desde el minuto 1 sin dejar el margen de los 100 días de cortesía; sabotear la moción de censura contra el Alcalde de Siero, del PSOE expulsando a los ediles disidentes. En fin, han caído en todas y cada una de sus trampas para que puedan Cascos y los suyos atizar el victimismo.

Luego vienen una serie de decisiones que me costaba comprender en su momento, pero a la vista de los últimos acontecimientos, uno empieza a entenderlo. La primera decisión era presentarse en Madrid, pensaba que pretendía erróneamente lograr grupo parlamentario, pero reconozco mi error, este no era su objetivo. Era un simple señuelo para que los dirigentes del PP de Asturias se rieran de él, como así ocurrió, por no lograr más de 6.000 votos. Sumando esto a su diputado solitario por Asturias, que era de esperar, y al habitual error autojustificativo de los populares, en su tradicional discurso de mezclar las elecciones, como si en las generales los asturianos votasen en clave autonómica. Aprovecho y vuelvo a advertir que si cometen el error de despreciar a su rival nuevamente, que no es tonto, lo pagarán muy caro.

Otra de las extrañezas es que su único diputado votase a favor de la investidura de Rajoy sin condiciones. Recuérdese que previamente estuvieron diciendo en campaña que iban a respaldar a Rajoy si necesitaba de sus votos. Pero como no necesitaba el candidato popular, ahora Presidente del Gobierno, de su voto, porque obtuvieron 186 diputados (185 del PP más el de UPN), no entendía muy bien ese regalo, tampoco me cuadradaba mucho Foro Oviedo diera su voto favorable a los presupuestos presentados por su enemigo íntimo, Gabino de Lorenzo, antes de marcharse para la Delegación del Gobierno. Algo que ahora se entiende porque así podrá esgrimir que él si apoyó al PP a diferencia de lo que ellos hicieron con él. Por otra parte, si Cascos pretendía entenderse con el PP no es muy entendible atacar a Rajoy, Presidente del partido de cuyo apoyo precisaba para gobernar en Asturias. Esto concuerda, junto con mociones presentadas por su partido en algunos ayuntamientos. Estos ataques a Rajoy era sólo el comienzo de su precampaña.

Con este planteamiento, la devolución del proyecto de Presupuestos fue el pretexto ideal para convocarlas para el 25 de marzo. Echando así las culpas de todos los males al falaz pacto del duerno. Por cierto, unos presupuestos, cuyo contenido desconozco por completo, pero que he podido comprobar alguna falacia en los argumentarios que esgrimen los partidarios del ex Ministro de Aznar, como es sostener que las cuentas regionales contaban con los ingresos adicionales de la subida del IRPF acordada por Rajoy en el Consejo de Ministros de 30 de diciembre de 2011. Algo materialmente imposible teniendo en cuenta que se presentaron en la Junta antes de esa fecha. De todas maneras, la enmienda a la totalidad presentada por el Grupo Popular fue un error estratégico, que probablemente pase factura, como pretendía el Sr. Cascos.

Por último, la elección de la fecha, el 25 de marzo, no es casual. Ha pillado a todos por sorpresa. Incluso, para ser más gráfico, les ha dejado con el culo al aire. Al PSOE le pilla en muy mal momento después del batacazo electoral de las dos últimas elecciones y en plena renovación de sus órganos directivos. A día de hoy no tienen candidato. Tampoco el PP asturiano anda muy sobrado, pese al engañoso respiro que cogieron con las elecciones generales. No tienen candidato, y tenían programado para esas fechas el Congreso regional para proceder a la necesaria renovación de su aparato. A esto se le suma que FAC va a utilizar, y de hecho lo está usando, a su favor las medidas adoptadas por Gobierno de España, como la subida del IRPF y los supuestos recortes que van a afectar a Asturias. Por ello, hay que reconocer la brillantez de su estrategia, aunque eso perjudique a los intereses generales de Asturias porque no estamos para jueguecitos del estratego ni del Risk.

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viernes, 27 de enero de 2012

COMENTANDO ALGUNAS DE LAS MEDIDAS EXPUESTAS POR GALLARDON


Esta semana el flamante Ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, compareció en la Comisión de Justicia del Congreso para exponer las lineas generales de actuación en a su ministerio. Entre sus medidas se encuentra modificar la forma de elección de los vocales del Consejo General del Poder Judicial para evitar que la renovación se politice. Para lograr este fin, pretenden volver al sistema fijado en la Constitución consistente en que la elección de los vocales sea realizada por y entre los propios jueces y magistrados. Esta decisión, que supone cumplir con el programa electoral que presentó el PP para las elecciones generales del 20 de noviembre, me parece muy acertada ya que así se evita los vergonzosos repartos de cargos por parte de los grandes partidos, que luego dan la imagen de ser la correa de transmisión de quien les designó. Esta reforma también se pretende extender al Tribunal Constitucional, aunque me parece que precisará de una reforma constitucional por lo que no creo que se lleve a efecto.

Por otra parte, también se propuso reformar la Ley del Aborto impulsada por el anterior Gobierno, lo que me parece totalmente correcto ya que se respetaría la Sentencia del Tribunal Constitucional 53/1985 y cuyo contenido se tergiversó de manera vergonzosa por parte del PSOE. A continuación paso a citar textualmente fragmentos de la citada Sentencia:

Una de esas afirmaciones de principio es la negación del carácter absoluto de los derechos e intereses que entran en conflicto a la hora de regular la interrupción voluntaria de embarazo y, en consecuencia, el deber del legislador de «ponderar los bienes y derechos en función del supuesto planteado, tratando de armonizarlos si ello es posible o, en caso contrario, precisando las condiciones y requisitos en que podría admitirse la prevalencia de uno de ellos» (STC 53/1985)

Continua diciendo:
“La respuesta a esta cuestión ha de ser afirmativa. Por una parte, el legislador puede tomar en consideración situaciones características de conflicto que afectan de una manera específica a un ámbito determinado de prohibiciones penales. Tal es el caso de los supuestos en los cuales la vida del nasciturus, como bien constitucionalmente protegido, entra en colisión con derechos relativos a valores constitucionales de muy relevante significación, como la vida y la dignidad de la mujer, en una situación que no tiene parangón con otra alguna, dada la especial relación del feto respecto de la madre, así como la confluencia de bienes y derechos constitucionales en juego.

Se trata de graves conflictos de características singulares, que no pueden contemplarse tan sólo desde la perspectiva de los derechos de la mujer o desde la protección de la vida del nasciturus. Ni ésta puede prevalecer incondicionalmente frente a aquéllos, ni los derechos de la mujer pueden tener primacía absoluta sobre la vida del nasciturus, dado que dicha prevalencia supone la desaparición, en todo caso, de un bien no sólo constitucionalmente protegido, sino que encarna un valor central del ordenamiento constitucional.

Por ello, en la medida en que no puede afirmarse de ninguno de ellos su carácter absoluto, el intérprete constitucional se ve obligado a ponderar los bienes y derechos en función del supuesto planteado, tratando de armonizarlos si ello es posible o, en caso contrario, precisando las condiciones y requisitos en que podría admitirse la prevalencia de uno de ellos."


Entre los desaciertos se encuentra el establecimiento de una tasa judicial para los recursos. Entre otras cosas me parece, como ya denuncié con la entrada que comentaba la imposición del depósito para recurrir, establecido por las Cortes en una reforma de la LOPJ, a iniciativa del anterior Gobierno, era un engaño con el fin de querer recaudar más, no de evitar la interposición de recursos innecesarios. Porque, como dije, en las apelaciones civiles si se pierde el recurso te imponen las costas de la alzada, y su cuantía es muy superior al depósito judicial. En lo contencioso administrativo, perder un recurso de apelación ante el TSJ, por ejemplo, corres el riesgo de que tengas que pagarle al Estado, la CCAA o Ayuntamiento, las costas del proceso. Si ante esta situación no se arredran, ¿cómo lo van a hacer con un depósito de 50 €? Pues, en coherencia con lo anteriormente manifestado, la propuesta de Gallardón corre el mismo riesgo. Es una excusa para recaudar más dinero. Lo que me pregunto es si con esta nueva tasa suprimirán el depósito o se les olvidará suprimirla y cobrarán al justiciable las dos a la vez. No descarten que esto último sea así. Pero no quisiera olvidarme de algunas inexactitudes o manipulaciones mediáticas de algunos tertulianos, comentaristas y demás opinadores, y es que he escuchado defender esta tasa porque las empresas dilataban el procedimiento con continuos recursos judiciales, pero parecen desconocer que ya se les obliga a abonar las tasas judiciales, no sólo para la interposición de demandas sino para los distintos recursos judiciales que interpongan.

Y qué decir de la actitud de los socialistas en el Congreso, oponiéndose a todo, y eso que ellos se dedicaban a presumir de que iban a actuar con lealtad y van a hacer una oposición responsable. Pues ya lo veo, para empezar la tasa judicial no se diferencia mucho de su depósito para recurrir. Además hay que añadirle que ellos tuvieron la genial idea de suprimir las apelaciones civiles de cuantías no superiores a 3.000 €. ¿Quién es el primer perjudicado de todo esto? Los justiciables de pocos recursos económicos, porque son los que más van a reclamar por cuantías inferiores a esos 3.000 €. Todo esto, según ellos, para reducir la litigiosidad y, por tanto, los costes, y sin haber arbitrado algún sistema que permita un recurso extraordinario para unificación de doctrina, lo que sí ocurre con respecto de las sentencias de apelación que son suceptibles de casación en unos casos tasados, habiendo la posibilidad de interponer el recurso de casación en interés de ley. Pero lo que más temo es que acaben suprimiendo totalmente el recurso de apelación, lo que provocará una disparidad de criterios doctrinales que acentuará aún más la inseguridad jurídica. Todo esto para conseguir el tan ansiado objetivo de reducir los costes de la Administración de Justicia. Tal vez, si se hicieran bien las cosas, como unas reformas bien planificadas, sin el constante devenir de leyes, a lo mejor nos habríamos ahorrado muchísimo dinero. En fin, esto es lo que hay.

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martes, 24 de enero de 2012

LOS FINES JUSTIFICAN LOS MEDIOS


Con esta sorprendente declaración, la de que los fines justifican los medios, el Magistrado Baltasar Garzón se defendió de las acusación de prevaricación que habían formulado contra él las acusaciones particulares personadas en la causa abierta por el asunto de las escuchas decretadas por él en el caso Gürtel. Esta afirmación tajante ya de por sí debería causa suficiente como para que un cargo público quede moralmente inhabilitado para el ejercicio de su cargo, más aún cuando se trata de quien administra la Justicia en un Estado democrático y de Derecho, que, en mi opinión, demuestra que ha prevaricado en sus decisiones. No olvidemos que esta premisa fue la que utilizaron los que autorizaron a los GAL actuar; por la misma razón los EEUU han hecho lo que no debían hacer, y que la progresía tanto denuncia, como fue, entre otras cosas, tener a una serie de personas detenidas de manera indefinida en Guantánamo, y como éstas otras conculcaciones flagrantes de derechos humanos.

Ahora vamos a averiguar que lo progresista en este país no es defender los derechos humanos, recuerdo que el derecho de defensa está amparado por las convenciones internacionales, como el art. 6 del Convenio Europeo de Derechos Humanos. Respeto los cambios de opinión, pero colegirán conmigo que si admitimos que por un fin que pretendemos conseguir vale utilizar cualquier medio, ¿por qué narices gastamos tanto dinero en juicios y no vamos por la vía rápida suministrando a todos los detenidos pentotal sódico?. Confiesa, y se le condena. No hace falta llegar a las palizas para que confiesen hasta lo que no han hecho.

Por eso, y en defensa de los derechos constitucionales, en mi condición de abogado, y en interés del justiciable, de las tres causas abiertas contra Garzón la que más daño puede hacer a nuestro Estado democrático de Derecho es el de las escuchas, porque si al final queda absuelto no nos extrañe que, de los 1595 juzgados de instrucción que hay en España, sin contar con los 5 de los Juzgados Centrales, sitos en la Audiencia Nacional, de los que, s.e.u.o., 469 son juzgados únicos y el resto son mixtos (es decir, son primera instancia e instrucción), cualquier titular o sustituto pueda acabar enchironando a quien le apetezca, u ordenando la intervención de las comunicaciones de los imputados con los abogados, de cualquier ciudadano de a pie, incluso de los ahora ardorosos defensores del Sr. Garzón, con la única consecuencia de que un órgano judicial superior anule la decisión.

Recordemos, como ya expuse en este blog en ocasiones anteriores que Garzón ordeno intervenir indiscriminadamente las conversaciones de los imputados, internos en el centro penitenciario en virtud de auto judicial que decretaba prisión preventiva, con sus abogados presentes y futuros, sin haber ningún indicio incriminatorio contra ellos que justifique la medida. Y así lo expuso el Magistrado Instructor de la causa, Alberto Jorge Barreiro, que, en auto de 16 de marzo de 2011, por el que desestimaba las diligencias de prueba solicitada, afirmaba lo siguiente:
Frente a ello el instructor considera que cualesquiera que fueren los indicios que tuviera contra los imputados no podía instalar micrófonos en los locutorios penitenciarios si los indicios incriminatorios no se extendían también a los letrados nombrados a partir del 3 de marzo de 2009. Y así se le explicó con detalle en el auto de 19 de octubre que lo incrimina. Esos indicios, además, tenían que constar en el momento de dictarse el auto, es decir, ex ante no ex post. Ello quiere decir que aunque posteriormente hallara indicios contra esos letrados —que desde luego no consta en la causa que así fuera—, tampoco esos hallazgos ex post legitimarían su conducta.

Por otra parte, recordemos que, como consecuencia de la intervención de unas comunicaciones declaradas ilegales, no sólo supone la anulación de esas conversaciones sino de todas las pruebas obtenidas gracias a esas conversaciones ilegalmente obtenidas, con lo que puede traer como consecuencia la absolución de implicados, en este caso, de la trama Gürtel, y esto puede ocurrir en los Tribunales españoles como en el Tribunal Europeo de Derechos Humanos. Por eso, es mi extrañeza de que los que más dicen querer que se haga justicia contra la corruptos del Gürtel son, a la vez, los más defensores del Juez que puede, con su decisión amparada con la premisa de que los fines justifican los medios, hacer salir impunes a algunos corruptos de la trama. En fin, ver para creer, o más bien el sectarismo no deja ver más allá de sus filias y fobias políticas.

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viernes, 20 de enero de 2012

DEMAGOGIA POPULISTA , ESTA VEZ MIGUEL ANGEL RODRIGUEZ

Como profesional de la abogacía, y aunque ya conozco de sobra el percal, porque lo he denunciado numerosas ocasiones en este blog, me sigue indignando la actitud de ciertos opinadores, de esos que se prodigan mucho en las ondas, en platós de TV y en papel, que tienen por costumbre opinar sobre lo que desconocen con un desparpajo inusitado. Debería estar acostumbrado pero, a veces no puedo remediar enfadarme cuando oigo, veo o leo una sarta de estupideces demagógicas de corte populista. El último enfado lo tuve al escuchar este lunes al conocidísimo Secretario de Estado de Comunicación y Portavoz del primer Gobierno de José María Aznar. Me estoy refiriendo a Miguel Ángel Rodríguez, tertuliano habitual de Herrera en la Onda, entre otros medios. Pues bien, este señor, que de cuestiones legales anda muy pez, no tuvo reparo alguno EN enfadarse porque las autoridades policiales y judiciales no fueron capaces de hacerle sacar la confesión a Carcaño y compañía sobre el lugar en donde dejaron el cuerpo de Marta del Castillo. Después de demostrar su malestar acabó por poner la guinda en su exposición afirmando que lo que deberían hacer es justicia -supongo que se refería a la metafísica-. Pues bien, pese a que este señor tuvo responsabilidad de Gobierno, y debería haberse caído hace tiempo del guindo, la Administración de Justicia se ejerce de acuerdo con las leyes, ya que nos encontramos en un Estado de Derecho, y eso implica aplicar unas garantías básicas, como el derecho fundamental a no declararse culpable, que se traduce en el derecho a mentir en su defensa, amparado por el art.24 CE. Recordando además que el derecho procesal español se basa en el principio acusatorio, obligando a las acusaciones a enervar la presunción de inocencia del acusado con las pruebas de las que intenten valerse.

La famosa sentencia, que no la he leído aunque la tengo guardada, puede que sea errónea, y sobre la que me voy a abstener de comentar nada por el mero ejercicio de la prudencia, pero lo que no se puede exigir a ningún juez es que obligue al acusado a confesarse culpable ni a confesar dónde se encuentra la víctima ni el arma del crimen. Aunque a todos nos gustaría que, al menos, se lo dijera a sus padres, por decencia. Porque tanto Carcaño, como sus amigotes, han demostrado ser unos indecentes. Pero estas confesiones espontáneas sólo se dan en la serie de CSI, en la que los culpables acaban cantando cuando los agentes ya les han cazado, y todos vemos al final del capítulo al culpable siendo llevado por agentes uniformados a la prisión.

Pero lo más contradictorio, es que a buen seguro Miguel Ángel Rodríguez, es el primero en desear que el Tribunal Supremo condene a Garzón por autorizar grabar las conversaciones mantenidas por los abogados con sus clientes. Lo que no es decente ni honesto es cambiar de opinión cuando plazca y menos aún por conveniencias políticas. Asi que si el Sr. Rodríguez le parece mal que no le hayan obligado al asesino condenado de Marta del Castillo a confesar el paradero del cuerpo de la menor, le ha de parecer correcto el que el magistrado acusado hubiera optado por intervenir las conversaciones en el caso Gürtel. Y ya de paso que proponga el uso del pentotal sódico para evitar que los malhechores se salgan con la suya, así de paso nos ahorramos un pastizal en juicios, aunque esto suponga rebajarnos a la categoría de dictadura.

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lunes, 16 de enero de 2012

MANUEL FRAGA, DESCANSE EN PAZ


Ayer, uno de los padres de la Constitución, el que fundó Alianza Popular, el que fuera Presidente de la Xunta de Galicia y Ministro de Información y Turismo, Manuel Fraga Iribarne, falleció ayer a la edad de 89 años. Aunque las relaciones con mi abuelo, Luis Carrero Blanco, no precisamente buenas, e incluso, cuando lo asesinaron no estuvo a la altura de las circunstancias al no guardar luto por el asesinato de su Jefe de Gobierno; o que no supo retirarse a tiempo como Presidente de la Xunta, lo que permitió que gobernara el bipartito PSG y BNG en Galicia, entre otros errores; hay que reconocer que fue una figura importante en la Historia de España y que colaboró en la transición española, siendo uno de los padres de la Constitución que hoy tenemos como norma fundamental, y que ha servido para establecer unas reglas de juego consensuadas entre todas las fuerzas políticas de la transición, que ha servido para dar a nuestro país el mayor período de paz, prosperidad y convivencia democrática.

Lamentablemente, siempre hay algún cantamañanas, como Gaspar Llamazares, que tiene que dar siempre la nota, y salir con:
En fin, qué va a decir alguien que no tuvo la dignidad de dejar su acta de diputado tras llevar a Izquierda Unida al borde de la desaparición en 2008. Una persona que ha colaborado a tirar por la borda el trabajo realizado por Julio Anguita, que logró 21 diputados.

Lamento profundamente que haya en este país gente que no sea agradecida. En efecto, agradecida a aquellas personas que hicieron posible la reconciliación y la transición, una transición en la que era imprescindible contar con todos, incluido el PCE, con Carrillo a la cabeza.

Manuel Fraga, descanse en paz.

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lunes, 9 de enero de 2012

LA SUBIDA DEL IRPF APROBADA POR RAJOY

La decisión del Gobierno de subir el IRPF, de manera progresiva a todos los contribuyentes, a través del Real Decreto-Ley 20/2011, de 30 de diciembre, aprobado en el último Consejo de Ministros del año pasado, ha generado un enorme malestar, principalmente expresado en los medios de comunicación de derechas. Estas crítica se centran en que se han sentido engañados ya que, afirman, esa subida impositiva contradice el programa electoral presentado antes del inicio de la campaña electoral. Aunque en honor a la verdad, en dicho programa no habla de que no iban a subir los impuestos, incluso en su página 43 se habla de que “el ritmo de aplicación de las reformas se acompasará al cumplimiento de los compromisos con los socios europeos de reducción del déficit y a los objetivos de reducción del gasto público”. Bien es cierto que, por las continuas manifestaciones emitidas por dirigentes del PP, así como sus continuas y aceradas críticas al anterior Gobierno en esta materia, hace pensar justo lo contrario a lo realmente prometido, que es lo que su programa contiene.

A esto se suma las dudas originadas por la afirmación realizada por parte del Ejecutivo presidido por Mariano Rajoy de que se encontraron con un déficit superior al sostenido por sus antecesores, del 6 al 8%, y que ello les ha obligado a tomar las medidas drásticas acordadas en el Consejo de Ministros del pasado 30 de diciembre. De este déficit, el Ministro de Hacienda y Administraciones Publicas, Cristóbal Montoro, buena parte ha sido originado por las Comunidades Autónomas. Pues bien estas dudas se basan en que deberían conocer el dato puesto que el PP controla el poder autonómico. Efectivamente, debería conocer los datos de Castilla y León, Castilla la Mancha, Galicia, Cantabria, La Rioja, Aragón, Madrid, Extremadura, Murcia, G. Valenciana y Baleares, pero no lo hace en Asturias, País Vasco, Navarra, Cataluña, Andalucía y Canarias, y, por tanto, no tiene forma de conocer los datos económicos de estas últimas.

En cuanto a la efectividad de las medidas, sobre todo la subida impositiva en el IRPF, añadiendo ese gravamen complementario, que van del 0,75 al 7%, por un lado, la capacidad recaudadora es incuestionable porque grava a las rentas, y éstas se van a seguir percibiendo; por otro lado, no es menos cierto que esta decisión, como ya manifesté en otras ocasiones, no va a favorecer la recuperación económica del país, ya que los ciudadanos tendrán menos cantidad de dinero disponible para seguir consumiendo, y si no se aumenta el consumo, no va a aumentar la demanda con lo cual no se precisará más mano de obra para satisfacerla. ¿Hay alternativa a estas medidas que se aprobaron para paliar el déficit heredado? Pues no lo sé, dejemos actuar al Gobierno un tiempo prudencial. Lo que si sería un error grav­ísimo es optar por otra subida del IVA, puesto que, como ya denuncié en 2009, penalizaría aún más el consumo, necesario fomentar para que la recuperación comience, y no lograría tanta recaudación como se podría esperar.


Por otra parte, desde el punto de vista jurídico, la aprobación de este nuevo gravamen complementario a través de un Real Decreto-Ley podría viciarlo de inconstitucionalidad, no por no concurrir unas circunstancias extraordinarias y de urgente necesidad, que exige el art. 86.1 CE, que, en este cao, si concurre porque no había tiempo material para aprobarlo mediante una ley formal, en los pocos días que faltaban para acabar el año desde la toma de posesión, y la imperiosa necesidad de cumplir con los compromisos de déficit. La inconstitucionalidad radica, más bien, en la materia que regula, ya que existe reserva de ley formal. En un caso prácticamente idéntico, el Tribunal Constitucional se pronunció, en recurso presentado presentado por 103 diputados del Grupo Popular contra el RDLey 5/1992, originando la STC 182/1997, y entre sus extensos razonamientos que sirvieron para declarar el art. 2 de la citada norma, nos encontramos con “conforme a la propia literalidad del art. 31.1 C.E. Queda claro. pues. que el Decreto-Iey no podrá alterar ni el régimen general ni aquellos elementos esenciales de los tributos que inciden en la determinación de la carga tributaria, afectando así al deber general de los ciudadanos de contribuir al sostenimiento de los gastos públicos de acuerdo con su riqueza mediante un sistema tributario justo. Lo que no significa otra cosa que dar cumplimiento a la finalidad ultima del limite constitucional de asegurar el principio democrático y la supremacía financiera de las Cortes mediante la participación de los ciudadanos en el establecimiento del sistema tributario. de modo que de la regulación de un determinado ámbito vital de las personas dependa exclusivamente de la voluntad de sus representantes». como se afirmó en la STC 19/1987. fundamento jurídico 4.° De manera que vulnerara el art. 86 C.E. cualquier intervención o innovación normativa que. por su entidad cualitativa o cuantitativa. altere sensiblemente la posición del obligado a contribuir según su capacidad económica en el conjunto del sistema tributario”. Por cierto, diario El País la rescató no hace mucho, aunque lamentablemente no tuvo esa misma diligencia con el Real Decreto-Ley13/2011, de 16 de septiembre, por el que se restablece Impuesto del Patrimonio. Cosas del servilismo político. Pero volvamos a la subida del IRPF, lo que seguidamente tiene que hacer el Gobierno, aprovechando la ventaja de su amplia mayoría parlamentaria, es, una vez convalidado el Decreto-Ley por el Congreso de los Diputados, es convertirlo en ley formal lo antes posible, para evitar tentaciones de recursos de inconstitucionalidad que puedan originar una declaración de inconstitucionalidad por parte del Tribunal Constitucional, por no hablar de las posibles cuestiones de constitucionalidad planteadas por los tribunales ordinarios ante los posibles recursos contenciosos planteados por los contribuyentes, sobre todo por los más afectados por la subida impositiva.

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sábado, 7 de enero de 2012

COMUNICADO CGAE QUE PIDE MEDIDAS CONSENSUADAS AL MINISTRO DE JUSTICIA


Consejo General de la Abogacía Española
Departamento
de Comunicación

NOTA DE PRENSA

La Abogacía pide medidas consensuadas y ambiciosas para paliar el atasco endémico de la Administración de Justicia


Madrid. 05/01/2012.- El Consejo General de la Abogacía Española ha hecho llegar al nuevo ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, nada más tomar posesión, su plena colaboración y disposición para estudiar y apoyar medidas que puedan solucionar los graves problemas que tiene la Administración de Justicia y que padecen los ciudadanos y todos los colectivos jurídicos. No obstante, ante las recientes manifestaciones del ministro sobre la posibilidad de habilitar el mes de agosto para procesos judiciales, el Consejo General de la Abogacía Española quiere manifestar:

1.- La vigente inhabilitación del mes de agosto opera sólo en el ámbito civil y contencioso-administrativo, ya que todo el mes de agosto es hábil para tramitar asuntos laborales y penales. También durante los 366 días de 2012, los abogados de oficio atienden y atenderán las 24 horas del día cualquier asunto que se produzca.

2.- La inhabilitación del mes de agosto no fue debida a reivindicaciones de ningún colectivo concreto sino al sentir general de todos cuantos actúan en la Administración de Justicia sobre una realidad social a la que necesariamente debe ser sensible y se adapta la legislación. Era y sigue siendo público y notorio que la inmensa mayoría de los españoles disfruta de sus vacaciones en el período estival y especialmente en agosto y que citar en ese período a testigos, peritos, etcétera, posiblemente provocaría la suspensión deuno de cada diez juiciospor incomparecencias como han señalado fuentes judiciales solventes. Esa disminución de la actividad judicial no es, además, exclusiva de España y, en todo caso, si no se incrementan las horas de trabajo o las plantillas de jueces y demás funcionarios, no se concibe cómo se puede incrementar la productividad.

3.- La demora en la tramitación de los asuntos exclusivamente civiles y contencioso-administrativos por la inhabilidad del mes de agosto supone un retraso máximo de 20 días, reduce su trascendencia teniendo en cuenta el retraso medio en la tramitación de procesos judiciales en España y que, en algunos casos y en asuntos no especialmente conflictivos se están señalando juicios para 2014 o 2015. Habilitar agosto, sin otras medidas, podría suponer además una ralentización de la actividad de los juzgados en julio y septiembre, ya que los jueces y demás funcionarios tendrían que repartir sus vacaciones en ese período.


4.-
Existen otras muchas formas de reducir dilaciones en los procedimientos judiciales que van desde la posibilidad de habilitar las tardes para los juicios y el trabajo en los juzgados, el cumplimiento de los horarios y de los señalamientos, el aumento de la productividad, la adecuada informatización de los tribunales, el aumento del número de jueces y otros funcionarios, la potenciación de la mediación y el arbitraje, sacar del marco jurisdiccional los asuntos menos importantes, etc.

5.- En todo caso, el Consejo General de la Abogacía Española entiende que para que estas medidas sean eficaces y alivien el atasco endémico que padece la Administración de Justicia deben concretarse y ser fruto del debate, el consenso y del pacto entre todos los operadores jurídicos y las Administraciones Públicas, y paso previo para el tan demandado e imprescindible Pacto de Estado por la Justicia.